- 31 Judiciales, por lo que le compete responsabilidad administrativa al haber incurrido en actos que
atentan contra la dignidad y decoro del cargo, así como de mala conducta judicial ante la
ciudadanía144.
90. Por tanto, recomendó a la Corte Suprema de Justicia “dar seguimiento a las medidas
disciplinarias que pudieren corresponder”145. La Corte Suprema remitió el expediente a la Dirección
de Administración de Personal “para continuar con el trámite indicado en el Reglamento de la Ley
de la Carrera Judicial”146.
91. El 30 de octubre de 2009 el Subdirector de la Administración de Personal citó al señor López
Lone a comparecer el 5 de noviembre de ese año ante la Dirección de Administración de Personal
para que fuera oído en el procedimiento de denuncia en su contra147. El señor López Lone no acudió
a dicha cita alegando que “no se [le estaban] concediendo ni el tiempo ni los medios necesarios
para ejercer [su] defensa”148. Tras diversas solicitudes de prórroga, el 3 de diciembre se llevó a
cabo la audiencia de descargo149, donde el señor López Lone expresó los descargos y propuso
medios de prueba que fueron posteriormente admitidos150.
92. Paralelamente, el 9 de diciembre de 2009 el señor López Lone presentó una acción de
inconstitucionalidad ante la Dirección de Administración de Personal contra la prohibición a las
autoridades judiciales a “[m]ezclarse en reuniones, manifestaciones u otros de carácter político”,
establecida en artículo 3 de la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales151. El 10 de
diciembre la Dirección se declaró incompetente para conocer del recurso, ya que se trataba de un
trámite administrativo y no de un procedimiento judicial152. El 6 de abril de 2010 el señor López
Lone interpuso un recurso de apelación contra dicha resolución153, el cual fue rechazado por la
144
El informe cita, entre las consideraciones legales aplicables al caso, las siguientes normas: artículo 319 de la
Constitución; artículo 3.6 de la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales; artículos 44, 53 f) y g), 54 j) y 55 de la
Ley de la Carrera Judicial; artículos 149, 172 f), 173 i) y 174 del Reglamento de la Ley de la Carrera Judicial; artículos 1, 2 g)
del Código de Ética para Funcionarios y Empleados Judiciales, y artículos 3, 8, 43 y 55 del Código de Ética Iberoamericano.
Cfr. Informe Especial de 30 de julio de 2009 suscrito por la Inspectoría General de Juzgados y Tribunales dirigido al Presidente
de la Corte Suprema de Justicia (expediente de prueba, folios 265 a 267), y auto de la Inspectoría General de Juzgados y
Tribunales de 31 de julio de 2009 (expediente de prueba, folio 269).
145
Informe Especial de 30 de julio de 2009 suscrito por la Inspectora General de Juzgados y Tribunales dirigido al
Presidente de la Corte Suprema de Justicia (expediente de prueba, folio 268).
146
Auto de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de 4 de agosto de 2009 (expediente de prueba, folio 270).
147
Cfr. Cédula de citación del Subdirector de la Administración de Personal de 30 de octubre de 2009 (expediente de
prueba, folio 280).
148
Escrito de 2 de noviembre de 2009 suscrito por Adán Guillermo López Lone dirigido al Director de Administración de
Personal (expediente de prueba, folio 283).
149
Cfr. Escrito recibido el 4 de noviembre de 2009 suscrito por Adán Guillermo López Lone dirigido al Director de
Administración de Personal (expediente de prueba, folio 286); auto del Subdirector de Administración de Personal de 5 de
noviembre de 2009 (expediente de prueba, folio 287); escrito recibido el 23 de noviembre de 2009 suscrito por Adán
Guillermo López Lone dirigido al Director de Administración de Personal (expediente de prueba, folio 289); auto de la
Dirección de Administración de Personal de 24 de noviembre de 2009 (expediente de prueba, folio 290), y acta de audiencia
de descargo de la Dirección de Administración de Personal de 3 de diciembre de 2009 (expediente de prueba, folios 293 a
308).
150
310).
Cfr. Auto de la Dirección de Administración de Personal de 7 de diciembre de 2009 (expediente de prueba, folios 309 a
151
Cfr. Escrito recibido el 9 de diciembre de 2009 suscrito por Adán Guillermo López Lone dirigido al Director de
Administración de Personal (expediente de prueba, folios 368 a 373).
152
153
Cfr. Auto del Director de Administración de Personal de 10 de diciembre de 2009 (expediente de prueba, folio 374).
Cfr. Escrito recibido el 6 de abril de 2010 suscrito por Adán Guillermo López Lone dirigido al Director de Administración
de Personal (expediente de prueba, folios 375 a 377).