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una sentencia dentro del proceso de un caso contencioso sometido a la Corte y no
mediante el trámite de medidas provisionales8. Adicionalmente a ello, la Corte estima
que dichos alegatos no reúnen los requisitos para la adopción de las medidas
provisionales, de conformidad con el artículo 63.2 de la Convención.
14.
En consecuencia, para el análisis de la presente solicitud de medidas provisionales
la Corte no tomará en cuenta dichas alegaciones por la imposibilidad de entrar a
considerar elementos directamente relacionados con el fondo de este asunto, como fue
señalado anteriormente.
b)
Existencia de presuntos actos de amenazas y atentados contra la vida y la
integridad personal.
15.
La Comisión Interamericana también ha basado su solicitud de medidas
provisionales en la supuesta existencia de amenazas, hostigamientos y atentados contra
la vida e integridad personal del señor Galdámez Álvarez, su compañera e hijos, quienes
supuestamente desde el mes de julio de 2009 han recibido amenazas en varias
ocasiones, amenazas inclusive de muerte, y han sido objeto de atentados y seguimientos
(supra Visto 2.f).
16.
La Corte observa que, de acuerdo a la información proporcionada por la Comisión,
la cual no ha sido controvertida por el Estado, en el mes de agosto de 2009 el señor
Galdámez Álvarez empezó a recibir mensajes de texto a su teléfono celular con
amenazas de muerte, supuestamente a consecuencia de su visita al ex Presidente de
Honduras durante su estadía en Nicaragua y por los reportajes realizados al respecto
para Radio Globo. Asimismo, que a principios del mes de septiembre de 2009 dos
personas desconocidas abordaron con un arma a dos de los hijos del señor Galdámez
Álvarez y los amenazaron para que le dijeran a su padre que se “callara”. Durante el
tiempo que el señor Galdámez Álvarez estuvo en la Embajada de Brasil, a partir del 21
de septiembre de 2009, para dar cobertura a la llegada del ex Presidente de Honduras,
aparentemente recibió llamadas de números desconocidos en las que le repetían la
advertencia de “callarse o morir”. Cuando a partir del 21 de diciembre de 2009 el señor
Galdámez salió de la Embajada de Brasil, empezó a ser objeto de seguimiento por dos
vehículos, uno de los cuales supuestamente también vigilaba su casa.
17.
Según información presentada por la Comisión Interamericana, durante el año
2010 el señor Galdámez recibió numerosos mensajes de texto, insultos y amenazas
provenientes de números de celulares identificados. La Comisión Interamericana no
especificó ni detalló las fechas en que tales mensajes habrían sido recibidos. Sin
embargo, el Estado tampoco ha contradicho esta información. La Comisión precisó que al
día siguiente de la muerte del periodista David Meza el 11 de marzo de 2010, el señor
Galdámez Álvarez recibió un mensaje que señalaba que él sería “el siguiente”. El 14 de
septiembre de 2010, luego de finalizar su noticiero en el Canal Globo, el señor Galdámez
regresó a su casa a las 11:30 p.m. acompañado de uno de sus hijos. Tres personas los
8
Cfr. Caso James y Otros, supra nota 5, Considerando sexto; Asunto Gladys Lanza Ochoa. Medidas
Provisionales respecto de Honduras. Resolución de la Corte de 2 de septiembre de 2010, Considerando
séptimo, y Asunto de la Comisión Colombiana de Juristas. Medidas Provisionales respecto de Colombia.
Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 25 de noviembre de 2010, Considerando
décimo.