6 realizar una reevaluación de riesgo para la señora María Elena Soler de Gutiérrez. Asimismo, recordó que la adopción y mantenimiento de las presentes medidas provisionales se vincula con la situación de hostigamientos, detenciones, amenazas y agresiones sufridas por la familia Gutiérrez Soler, en relación con su búsqueda de justicia por las violaciones a los derechos humanos padecidas. En consecuencia, para la Comisión sigue habiendo un vínculo “entre el avance de las investigaciones internas y el incremento de la situación de riesgo de los beneficiarios”, por lo que consideró que subsiste una situación de extrema gravedad y urgencia que motiva el mantenimiento de las presentes medidas provisionales a favor de los beneficiarios. B. Participación de los beneficiarios o a sus representantes en la planificación e implementación de las medidas de protección (punto resolutivo tercero de la Resolución de 30 de junio de 2011). B.1. Información del Estado. 12. Señaló que el 21 de julio de 2011 y el 12 de abril de 2012 se realizaron reuniones de seguimiento y concertación con los representantes y el señor Gutiérrez Soler sobre la implementación de las medidas provisionales. Esta última reunión se buscó propiciar un espacio de diálogo sobre la implementación de las medias provisionales con el objetivo de valorar dichas medidas a favor de los beneficiarios. En este sentido, el Estado manifestó que en el marco del diálogo se ha “permitido una comunicación constante y fluida con los peticionarios y beneficiarios” lo que ha permitido que cada una de las entidades estatales escuche y valore las observaciones de los beneficiarios y sus representantes para, de ser el caso, se adopten los correctivos necesarios. B.2. Observaciones de los representantes. 13. De la información presentada por los representantes se desprende que, efectivamente, el 21 de julio de 2011 y el 12 de abril de 2012 se llevaron a cabo reuniones de seguimiento de las medidas provisionales. B.3. Observaciones de la Comisión Interamericana. 14. Valoró que las partes continuaran celebrando las reuniones de seguimiento ya que constituyen un espacio de participación y coordinación con los beneficiarios y sus representantes, además de que dichas reuniones permiten adecuar las medidas de protección a medidas específicas. C. Consideraciones de la Corte

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