17.
Sostuvo que debido a que “uno de los fiscales de la FECI ya fue retirado de su cargo
bajo un procedimiento presuntamente arbitrario y sin las debidas garantías”, podría
considerarse que “la potencial destitución de los otros dos fiscales”, “B” y “C”, en
circunstancias similares a la reciente destitución, constituiría: (i) “un grave incumplimiento al
deber de garantizar investigaciones imparciales e independientes” en el caso Valenzuela Ávila;
(ii) “colocaría en una ‘situación de extrema vulnerabilidad’ a los dos fiscales dado que se les
removería los esquemas de seguridad implementados”, y (iii) “mandaría un mensaje de
intimidación que se transmitiría al resto de fiscales del Ministerio Público en el sentido que
pueden ser destituidos de manera presuntamente arbitrariamente por cumplir su mandato de
investigación”. Asimismo, expresó su preocupación ante las campañas de desprestigio, ya
que “las mismas revelan un seguimiento cercano de las actividades de las personas”, y
consideró necesario “brindar condiciones de seguridad a los propuestos beneficiarios”, a
través de “una resolución conjunta de medidas provisionales y supervisión de cumplimiento
de sentencia en el presente asunto”. Finalmente, en la audiencia pública de 27 de agosto de
2021, solicitó a la Corte que “reitere al Estado su deber de asegurar que las personas que
participan en la investigación, entre ellas los operadores de justicia, cuenten con las debidas
garantías de seguridad en los términos de la[s s]entencias que esta […] Corte […] ha dictado
[en los casos Valenzuela Ávila, y Ruiz Fuentes y otra], y en la resolución del 2 de septiembre
[de 2020]”, y que “continúe con el monitoreo cercano de la situación de los propuestos
beneficiarios hasta tanto persistan los factores analizados en el presente asunto”.
C) Información presentada por el Procurador de los Derechos Humanos
18.
Durante la audiencia pública de 27 de agosto de 2021, el Procurador de los Derechos
Humanos de Guatemala indicó que las y los operadores de justicia de la FECI “se encuentran
enfrentando acciones sistemáticas contra su labor e independencia que está en grave riesgo,
[y] son víctimas de amenazas a su vida e integridad personal”. Indicó que “[l]os ataques que
hoy se dirige al ex Fiscal Juan Francisco Sandoval” y “el hostigamiento” tienen “como
estrategia deslegitimar y obstaculizar” su labor, y que su remoción “arbitraria” es “una forma
de intimidación y amedrentamiento por el ejercicio independiente de su función”. Además,
consideró que “otra muestra de intimidación” fue el apersonamiento del Ministro de
Gobernación y el Jefe de la Policía ante la Procuraduría de los Derechos Humanos para
“supuestamente ofrecerle protección” al señor Sandoval. Por último, reiteró la competencia
de la Corte para otorgar “las medidas solicitadas”.
D) Observaciones del Estado
19.
En su escrito de observaciones de 5 de agosto de 2021, el Estado solicitó la
desestimación e improcedencia de la solicitud de medidas provisionales sobre la base de los
siguientes argumentos: i) las acciones realizadas para “garantizar la seguridad, vida e
integridad personal” del ex Fiscal Juan Francisco Sandoval Alfaro, del Fiscal “B” y del Auxiliar
Fiscal “C”; ii) “la falta de legitimación de las representantes de las víctimas y la preclusión del
momento procesal para solicitar las medidas provisionales”, y iii) “los solicitantes no han
probado prima facie los elementos de extrema gravedad, urgencia y daño irreparable”.
20.
En cuanto a las acciones realizadas para “garantizar la seguridad, vida e integridad
personal” del ex Fiscal Juan Francisco Sandoval Alfaro, del Fiscal “B” y del Auxiliar Fiscal “C”,
explicó que dichas personas cuentan con esquemas de seguridad, y que en el mes de julio de
2020 se realizó a “B” y “C”, respectivamente, un nuevo informe de riesgo. Tales acciones son
para que aquellos “ejerzan su labor de investigar e identificar” a los responsables de la muerte
del señor Valenzuela Ávila, y “para que ejerzan sus funciones como operadores de justicia de
la FECI, de forma libre, objetiva y diligente”. En lo que se refiere al ex Fiscal Sandoval, señaló
que, durante el ejercicio del cargo, contó con un esquema de seguridad, y que, con
posterioridad a su destitución de 23 de julio de 2021, el Ministerio de Gobernación a través
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