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han sido otorgadas a la fecha en “dominio pleno”, y 128.40 hectáreas en calidad de
“garantía de ocupación”. A continuación, el Tribunal se referirá a las solicitudes y a los
procesos de reconocimiento y de titulación del territorio de la Comunidad Triunfo de la Cruz
y sus miembros desde 1946 hasta la actualidad.
B.1. Otorgamiento de un título ejidal sobre 380 hectáreas 51 áreas y 82.68
centiáreas (1950)
59.
El 9 de diciembre de 1946 la Comunidad solicitó el otorgamiento de un título ejidal
sobre el terreno que ocupaba54. El 29 de noviembre de 1950 el Presidente de la República
aprobó la solicitud, por una extensión de 380 hectáreas 51 áreas 82.68 centiáreas, en
calidad de ejido “quedando [la aldea de El Triunfo] en la obligación de amojonar
formalmente los linderos correspondientes para distinguir el terreno de los que tenga en
colindancia, siéndole prohibido también descuajar los bosques que quedan a menos de
veinte metros de los ríos y fuentes”55. El título ejidal fue inscrito el 6 de octubre de 1951 en
el Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil56.
B.2. Solicitud de adjudicación durante la primera legislación de reforma agraria
(1969)
60.
El 27 de junio de 1969, al amparo de la Ley de Reforma Agraria de 196257, cincuenta
miembros de la Comunidad Triunfo de la Cruz presentaron ante el Coordinador Agrario para
la Zona Noroccidental una solicitud de creación de “centro de población agrícola”, en la que
afirmaron que desde hacía 58 años algunos de los miembros de la Comunidad o sus
ascendientes trabajaban en “un terreno nacional que tiene un área aproximada de
doscientas manzanas”58, que según la Comisión es conocido como “Río Plátano” o “Barra del
Río Plátano” y se encontraría al este de la zona adjudicada en calidad de ejido59.
61.
Por otra parte, surge de la prueba que mediante escritura de compraventa de bien
inmueble de 6 de julio de 1969 fue adquirido por la empresa MACERICA S. de R.L., un
predio de aproximadamente unas 50 hectáreas de extensión superficial que se encuentra en
el lugar denominado ”Río Plátano”. Ese título fue inscripto el 8 de julio de ese mismo año en
el Registro de la Propiedad 60. Además, de acuerdo con lo señalado por el gerente de la
54
Cfr. Denuncia de un terreno nacional para ejidos de la aldea el Triunfo, presentada por el alcalde auxiliar
de esa aldea José Martínez Lino ante el administrador de rentas y aduana, de 9 de diciembre de 1946 (expediente
de prueba, folios 1000 a 1001). Director del Archivo Nacional de Honduras, certificación de 18 de mayo del 2006
(expediente de prueba, folio 1008).
55
Cfr. Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil, certificación de 13 de abril de 1993 (expediente de
prueba, folios 1026 a 1027). Director del Archivo Nacional de Honduras, certificación de 18 de mayo de 2006
(expediente de prueba, folio 1023).
56
Cfr. Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil, certificación de 13 de abril de 1993 (expediente de
prueba, folio 1027).
57
Cfr. Panel de inspección del Banco Mundial. Informe de Investigación - Programa de Administración de
Tierras de Honduras. Informe No. 39933- HN, 12 de junio de 2007 (expediente de prueba, folio 215). La referida
Ley inter alia instauraba el reconocimiento de la propiedad de las comunidades indígenas sobre las tierras,
bosques, aguas y ejidos de los que en ese momento disfrutaban, titulados o por simple ocupación inmemorial.
58
Cfr. Solicitud de creación de un centro de población agrícola, de 27 de junio de 1969 (expediente de
prueba, folios 1030 a 1031).
59
60
Cfr. Informe de Fondo (expediente de fondo, folios 24 a 25).
Cfr. Testimonio de la escritura pública de compraventa N°55 de 6 de julio de 1969, (expediente de
prueba, folios 1075 y 1078).