a las dos capacitaciones realizadas en el 2012 asistieron en total 110 personas (supra Considerando 22), y al programa de capacitación –compuesto por foros realizados en el 2013- asistieron más de 1500 personas (supra nota al pie 34). En particular, la Corte destaca que el Estado haya procurado realizar una “convocatoria a nivel nacional” para los foros “con el fin de cubrir el mayor número de personal de salud de la Red Pública Integral de Salud y de la Red Complementaria, de carácter interdisciplinario” (supra nota al pie 34) 42. Asimismo, se resalta que el programa incluyera entregar a los participantes discos compactos con el material escrito y audiovisual presentado en los foros. 26. Adicionalmente, la Corte constata que entre el 10 de noviembre y el 12 de diciembre de 2014 el Ministerio de Salud Pública ofreció un “curso virtual sobre derechos humanos y salud” 43. Este curso se brindó, según lo indicado por el Estado, con el “objetivo de […] fortalecer la capacidad de los profesionales en salud en lo que respecta al conocimiento de conceptos y principales herramientas sobre derechos humanos, la salud como derecho humano y los derechos de los pacientes”. El curso se organizó en “[ocho] módulos en un ciclo de 18 horas[,] en dos semanas”. Estuvo disponible en la plataforma virtual del MSP” 44, y para promocionar su realización se llevaron a cabo “varias acciones de divulgación” 45. En cuanto al contenido de los módulos, la Corte destaca que al menos cuatro de ellos versaron sobre temáticas relacionadas con los derechos de los pacientes y la ley que los comprende 46. Respecto de los funcionarios capacitados, el Tribunal observa, según lo indicado por el Ministerio de Salud en el informe sobre la ejecución de este curso, que éste habría sido aprobado por “25.948 personas” “de todo el país” 47, que se desempeñan como “profesionales operativos de salud y administrativo de las unidades de gestión territorial de zonas, distritos y planta central”, siendo el curso de carácter obligatorio para los funcionarios de esta última 48. La Corte valora positivamente la capacitación llevada a cabo de la Junta de Beneficencia de Guayaquil, de la Cruz Roja, particulares, Fiscalía y Judicatura, así como Organizaciones No Gubernamentales. Cfr. Informe de ejecución del Programa de Capacitación en Derechos Humanos y Bioética: al personal del Sistema Nacional de Salud, la Red Pública Integral de Salud y la Red Complementaria de Salud, supra nota 33, y Listas de participantes de los foros “Derechos Humanos y Bioética”, supra nota 38. 42 El MSP fue el encargado, entre otras funciones, de “[f]acilitar las convocatorias” a los foros “a nivel nacional a los operadores de salud de las distintas zonas del Ecuador”, y de “viabilizar la participación del personal de salud y realizar el seguimiento a la participación de miembros de la Red Pública Integral de Salud y de la Red Complementaria, que forman el Sistema Nacional de Salud, a través de Coordinaciones Zonales, para los siete foros”. Para ello, los foros “tuvieron la categoría de convocatoria zonal, acogiendo la estratificación por zonas de planificación concurrente definidas y aprobadas por la SENPLADES [Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo]”. Cfr. Informe de ejecución del Programa de Capacitación en Derechos Humanos y Bioética: al personal del Sistema Nacional de Salud, la Red Pública Integral de Salud y la Red Complementaria de Salud, supra nota 33. 43 Cfr. Informe de ejecución del curso virtual sobre Derechos Humanos y Salud, elaborado por la Subsecretaría Nacional de Promoción de la Salud e Igualdad, Dirección Nacional de Derechos Humanos Género e Inclusión del Ministerio de Salud Pública (anexo 6 al escrito del Estado de 7 de abril de 2015). 44 Según lo informado por el Estado el curso estuvo disponible a través del siguiente enlace: http://capacitacion.msp.gob.ec. 45 Entre ellas, se refirieron a: i) la “[c]omunicación formal de la Dirección Nacional de Talento Humano disponiendo la obligatoriedad del curso”; ii) la “[c]omunicación vía correo electrónico de los equipos zonales de promoción de la salud”; iii) el “[r]ecordatorio en las videoconferencias periódicas con coordinadores/as zonales que lidera la Gerencia Institucional de Implementación zonal del Modelo de Atención Integral en Salud”; iv) la “[d]ifusión en las pantallas de televisión de planta central y coordinaciones zonales”; v) el “[r]ecordatorio en el escritorio de las computadoras conectadas a la red del Ministerio de Salud [Pública] de todo el país”; vi) la “[p]ublicación de un banner con información del curso en las páginas web www.salud.gob.ec y www.somossalud.gob.ec, y vi) “[a]provechar espacios de trabajo con otras direcciones y subsecretarías para promocionar el curso”. Cfr. Informe de ejecución del curso virtual sobre Derechos Humanos y Salud, supra nota 43. 46 Las temáticas de estos cuatro módulos eran la “Ley de Derechos y Amparo de los Pacientes”, el “derecho a la atención digna y sin discriminación”, el “derecho a la confidencialidad y al secreto médico” y el “derecho a la información y a decidir”. 47 Este curso tuvo una concurrencia de 33.000 personas. El Estado aportó información sobre la cantidad de personas que aprobaron el curso por provincia y por zona. Cfr. Informe de ejecución del curso virtual sobre Derechos Humanos y Salud, supra nota 43. 48 Cfr. Informe de ejecución del curso virtual sobre Derechos Humanos y Salud, supra nota 43. -11-

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