-37transmitida por RCTV y en algunas declaraciones se hace referencia a la concesión para operar los medios de comunicación y a la posibilidad de cancelarla (infra párrs. 330 a 339). 128. RCTV fue caracterizado en la demanda de la Comisión como “un canal privado de televisión inscrito legalmente” y como “un medio de comunicación con una línea editorial crítica al gobierno y uno de los cuatro canales privados de televisión de Venezuela señalados como partícipes políticos activos en hechos de convulsión tales como el golpe de Estado de abril de 2002 y el paro de diciembre del mismo año”. Asimismo, indicó la Comisión, “el canal ha sido objeto de señalamientos a nivel interno […] respecto a la forma de transmitir cierta información bajo los argumentos de que incita a la violencia, falta al respeto y la honra del Presidente de la República y difunde información falsa y tendenciosa” 104. Esta caracterización no fue controvertida por el Estado e incluso coincide con varios de sus alegatos acerca del rol político que habría desempeñado ese medio en determinados momentos (supra párr. 51, 52 y 61). 129. Del análisis de los hechos alegados (infra párrs. 150 a 265), la Corte observa que fueron cometidos por particulares y la mayoría ocurrieron durante el ejercicio de labores periodísticas de las presuntas víctimas, quienes relataron cómo habían sido afectadas en su vida profesional y personal. En general, coincidieron en el temor que les provocaba realizar sus labores periodísticas en las calles, en ciertas zonas y en la cobertura de determinados eventos; se refirieron a medidas de seguridad que tuvieron que emplear en sus labores, a las afectaciones a su salud y las consecuencias en sus vidas familiares y sociales; además algunas de personas debieron mudarse a otro municipio o estado o se retiraron temporal o definitivamente de sus labores (infra párr. 272 y 273). 130. Asimismo, otros actos fueron dirigidos contra RCTV. Por ejemplo, fue probado que el 3 de junio de 2004 la sede del canal RCTV fue atacada violentamente por particulares, quienes obstaculizaron las labores del personal del canal, trataron de forzar las puertas de seguridad que dan acceso al canal incendiando un camión de una empresa, dispararon en contra del edificio y escribieron insultos en las paredes (infra párr. 264). También, fue probado que el 14 de agosto de 2003 un numeroso grupo de particulares realizaron manifestaciones en forma violenta afuera de las instalaciones del canal, durante las cuales individuos no identificados hicieron pintas con diversas inscripciones (infra párr. 237). Por último, en varios de los hechos se constató que vehículos y equipos de transmisión del canal resultaron dañados por particulares no identificados (infra párrs. 200, 225, 237 y 264). 131. Es claro que en los períodos referidos las personas vinculadas laboralmente con RCTV, o con su operación periodística, se vieron enfrentadas a situaciones amenazantes, amedrentadoras y que pusieron en riesgo sus derechos. En efecto, desde enero de 2002 la Comisión dictó medidas cautelares a favor de los trabajadores de RCTV 105 y desde noviembre de 2002 este Tribunal ordenó a Venezuela que adoptara medidas provisionales de protección a favor de personas vinculadas con RCTV (supra párrs. 20 a 29). Además, según fue señalado, el Estado hizo mención de órdenes de protección dictadas por los órganos internos venezolanos. La mayoría de los hechos analizados fueron denunciados de 9 de mayo de 2004, view/sharedfiles/Alo_Presidente_191.pdf, pág. 11. disponible en http://www.gobiernoenlinea.ve/misc- 104 Al hacer esta referencia a RCTV, la Comisión citó lo siguiente: “Resumen y recomendaciones del Informe de Human Rights Watch: Entre dos Fuegos: La Libertad de Expresión en Venezuela. En portal de internet: http://www.hrw.org/spanish/informes/2003/venezuela_prensa.html” 105 Mediante la adopción de dichas medidas, la Comisión solicitó al Estado abstenerse de realizar toda acción que pudiera tener un efecto intimidatorio sobre el ejercicio profesional de los periodistas y demás trabajadores que laboraban en los medios de comunicación Globovisión y RCTV, así como la adopción de las medidas necesarias para proteger la seguridad de todos los empleados y los bienes de los canales mencionados.

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