2 desprestigio y estigmatización por parte de autoridades civiles y militares”. La CIJP asumió la representación judicial de presuntas víctimas “en varios procesos de trascendencia nacional, situación que incrementa su riesgo y vulnerabilidad”; c) desde el otorgamiento de medidas cautelares por parte de la Comisión Interamericana a favor de los miembros de la CIJP, es decir, desde el 8 de septiembre de 2003, y pese a que el Estado presuntamente proporcionó medios de comunicación celular y satelital, vehículos corrientes, apoyos de transporte y esquemas de protección con vehículos blindados a los miembros de dicha organización, éstos manifestaron que “la situación de riesgo persiste habiéndose incrementado en los últimos dos años”; d) los hechos alegados que originan la presente solicitud de medidas son: 1) supuestas “actividades de inteligencia contra la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz y sus miembros”; 2) presuntas “[a]menazas y atentados contra la integridad personal de varios miembros de la misma”; 3) presuntos “montajes judiciales contra varios miembros de la organización”, y 4) supuestos “señalamientos y [una] campaña de desprestigio en su contra”; e) sobre el primer punto, según información aportada por la CIJP, sus miembros habrían sido “blanco de actividades de los servicios de inteligencia del Estado”, las cuales se habrían manifestado a través de seguimientos, interceptaciones de correos electrónicos, registros migratorios y actividades dirigidas a la judicialización de sus miembros. La CIJP indicó a la Comisión que en uno de los informes realizados por la Fiscalía “en el marco de las investigaciones emprendidas sobre las actividades de inteligencia ofensivas”, consta que el Grupo Especial de Inteligencia (G-3) del Departamento Administrativo de Seguridad (“DAS”), creado “para hacer inteligencia a las distintas organizaciones de derechos humanos”, tenía información sobre las actividades de la CIJP. Dicho informe presuntamente relacionaba a la CIJP con operaciones de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (“FARC”). La Comisión considera que “la existencia de grupos de inteligencia especializados en dar seguimiento a organizaciones de derechos humanos y la falta de información precisa por parte del Estado respecto de la labor realizada por dichos grupos crean una situación no sólo de incertidumbre en los [miembros de la CIJP], sino de riesgo inminente”; f) respecto al segundo punto, durante el período de vigencia de las medidas cautelares “y a pesar de ellas, los [miembros de la CIJP] han continuado siendo objeto de amenazas, señalamientos, seguimientos y hostigamientos, los cuales se han incrementado en los últimos meses”. Entre los hechos presuntamente sufridos a partir del año 2008 por los miembros de la CIJP figuran: el secuestro de Yimy Jansasoy por parte de grupos paramilitares, tres amenazas de muerte escritas dirigidas a miembros de la CIJP y un plan dirigido a hacer desaparecer a Danilo Rueda y Abilio Peña, miembros del equipo coordinador de la misma. Además, ésta señaló que sus miembros habían recibido numerosas amenazas del grupo paramilitar Águilas Negras en el año 2009, y que integrantes de la organización que trabajan en “otros departamentos” han recibido llamadas telefónicas amenazantes o mensajes de texto intimándoles a dejar sus actividades. En diciembre de 2009, integrantes de la CIJP que realizan misiones en la zona de Jiguamiandó y Curvaradó presuntamente “recibieron amenazas de personas desconocidas y de miembros del Ejército colombiano”. El día 19 de ese mes integrantes de la CIJP tuvieron conocimiento de que paramilitares de las zonas de Urabá y Bajo Atrato los habrían declarado “objetivo militar”. Integrantes

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