7 b) en relación con los presuntos señalamientos y campaña de desprestigio en contra de los miembros de la CIJP, que “ha sido respetuoso de la actividad que, como defensores de derechos humanos, realizan organizaciones como [la CIJP]”. Al respecto, se refirió en particular a diversos pronunciamientos en los cuales “el Alto Gobierno” ha reconocido “la legítima labor de los defensores de derechos humanos y de las organizaciones a las cuales estos pertenecen”, así como en los que “el Gobierno Nacional” ha manifestado “su absoluto rechazo en casos de amenazas o hurtos a ONG [sic] defensoras de [d]erechos [h]umanos”. En este sentido, advirtió que “el hecho de que el gobierno haya manifestado en ocasiones no estar de acuerdo con algunas posiciones de las ONG [sic], no significa que las esté deslegitimando, descalificando su labor o estigmatizándolas”, ya que “[l]a contradicción política es evidencia de la existencia de una democracia”. Asimismo, señaló que “no existe una campaña mediática apoyada o impulsada por el Gobierno Nacional para presentar acusaciones contra defensores de derechos humanos”, ya que “[s]i han existido afirmaciones de particulares que pretendan inculpar o señalar a los miembros de la [CIJP], [é]stas no han sido ni promovidas, ni auspiciadas por el Gobierno Nacional”. Aclaró que la jurisdicción penal concibe como delitos querellables, la injuria y la calumnia, por lo que, “cualquier persona que sienta afectada su honra y buen nombre puede interponer la respectiva denuncia […]”. En la misma línea, precisó que en virtud del derecho a la libertad de expresión y de información, el Estado “no puede tomar acción alguna tendiente a censurar de manera previa a las personas [que] acudan a medios de comunicación y a escenarios públicos para hacer sus manifestaciones”, ya que de proceder así “incurriría no solamente en violación de derechos reconocidos como fundamentales por la Constitución Política sino además en una eventual responsabilidad internacional”. El Estado señaló que, no obstante, lo anterior no quiere decir que comparta el contenido de tales manifestaciones; c) en lo que se refiere a los presuntos montajes judiciales contra varios miembros de la CIJP, que en Colombia los jueces están sometidos al imperio de la Constitución y de la Ley y que, por tanto, “son autónomos para tomar las decisiones que consideren ajustadas a derecho de conformidad con el acervo probatorio obrante. En caso de considerar que se han vulnerado los derechos fundamentales al debido proceso de las personas investigadas por las autoridades judiciales, el ordenamiento jurídico […] ofrece herramientas jurídicas para denunciar estas conductas con el fin de que se pueda evaluar el procedimiento adoptado por una autoridad en el marco de un proceso judicial”; d) en cuanto a las presuntas amenazas y atentados contra la integridad personal de varios miembros de la CIJP, que “queda demostrado que […] ha prestado atención oportuna a todas y cada una de las necesidades y requerimientos que en materia de protección y seguridad presentan los miembros” de la CIJP, refiriéndose a diversas medidas adoptadas. Específicamente, el Estado señaló que: i) “en varias regiones se han hecho coordinaciones especiales con la Fuerza Pública para efectos de que [sus] miembros […] puedan llevar a cabo su labor de defensa de los derechos humanos en el terreno”, y que “a lo largo de la vigencia de las […] medidas cautelares […] ha dispuesto canales de interlocución idóneos con los beneficiarios, a fin de hacer seguimiento a su situación de riesgo y concertar las medidas pertinentes de acuerdo a sus necesidades de protección”;

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