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8.
El Estado es responsable por la violación del derecho a la integridad personal, reconocido
en el artículo 5.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el
artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de María Maribel Guevara de Ruano, Oscar Manuel Ruano
Guevara, Keily Lisbeth Ruano Guevara y Pedro Torres Hércules, en los términos de los párrafos
176 a 188 de la presente sentencia.
Y DISPONE
porunanimidad, que:
9.
Esta sentencia constituye per se una forma de reparación.
10.
El Estado debe iniciar y conducir eficazmente, en un plazo razonable, la investigación y
proceso penal de los actos violatorios del artículo 5.2 de la Convención cometidos en contra del
señor José Agapito Ruano Torres, para determinar las eventuales responsabilidades penales y,
en su caso, aplicar efectivamente las sanciones y consecuencias que la ley prevea, en los
términos de los párrafos 197 a 199 de la presente sentencia.
11.
El Estado debe, dentro de un plazo razonable, determinar, por intermedio de las
instituciones públicas competentes, las eventuales responsabilidades de los funcionarios de la
defensoría pública que contribuyeron con su actuación a la violación de los derechos en perjuicio
de José Agapito Ruano Torres y, en la medida que corresponda, aplicar las consecuencias que la
ley prevea, en los términos de los párrafos 203 a 205 de la presente sentencia.
12.
El Estado debe adoptar todas las medidas necesarias para hacer efectiva la declaratoria
contenida en el párrafo 211 de esta sentencia y, por lo tanto, dejar sin efectotodas las
consecuencias que de la sentencia de condena que fue emitida en el proceso penal No. 77-20012 en contra de José Agapito Ruano Torres se derivan, así como los antecedentes judiciales o
administrativos, penales o policiales, que existan en su contra a raíz de dicho proceso, en los
términos de los párrafos 209 a 212 de la presente sentencia.
13.
El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud
especializadas, y de forma inmediata, adecuada y efectiva, el tratamiento psicológico y/o
psiquiátrico si así lo solicitan, previo consentimiento informado, incluyendo el suministro gratuito
de los medicamentos que eventualmente se requieran, en los términos de los párrafos 215 a 216
de la presente sentencia.
14.
El Estado debe otorgar becas en instituciones públicas salvadoreñas, en beneficio de José
Agapito Ruano Torres y sus familiares María Maribel Guevara de Ruano, Oscar Manuel Ruano
Guevara, Keily Lisbeth Ruano Guevara y Pedro Torres Hércules, que cubran todos los costos de
su educación hasta la conclusión de sus estudios superiores, bien sean técnicos o universitarios,
en los términos del párrafo 219 de la presente sentencia.
15.
El Estado debe realizar las publicaciones indicadas en el párrafo 222 de la presente
sentencia.
16.
El Estado debe colocar una placa en un lugar visible de la sede de laUnidad de Defensoría
Pública con el propósito de despertar la conciencia institucional para evitar la repetición de
hechos como los ocurridos en el presente caso, en los términos del párrafo 225 de la presente
sentencia.
17.
El Estado debe implementar, en un plazo razonable y con la respectiva disposición
presupuestaria, programas o cursos obligatorios y permanentes sobre los principios y normas de