47. Ahora bien, más allá del aumento numérico de homicidios de mujeres, en el Caso Veliz Franco y otros se presentó al Tribunal información distinta en cuanto a la proporción de homicidios de mujeres en comparación con la de hombres, y sobre el crecimiento de esa proporción. Por una parte, se ha informado que entre 2001 y 2006 cerca de un 10% de homicidios fueron cometidos contra mujeres. Esta proporción es similar si se consideran los períodos entre 1986 y 2008, o entre 2002 y 2012. Superó el 10% al menos entre 2003 y 2004, años en que habría sido mayor al 11% y el 12%, respectivamente. Por otra parte, también hay información en el sentido de que entre 1995 y 2004 el aumento de la tasa de crecimiento de homicidios de mujeres fue casi el doble que el aumento de la de hombres, y que en ese último año “la cantidad de muertes violentas de mujeres se había incrementado en 20[%] más que la de hombres” 31. 48. Además, en este caso, la prueba es consistente en cuanto al agravamiento del grado de violencia contra las mujeres y el ensañamiento ejercidos contra los cuerpos de muchas de las víctimas. Se desprende asimismo que los homicidios de mujeres en Guatemala ocurren en un entorno de diversas formas de violencia contra aquellas, tales como violencia intrafamiliar y doméstica, rapto y violación, acoso, explotación y otras formas de violencia sexual 32. 49. Por otra parte, en la mencionada Sentencia del Caso Veliz Franco y otros, este Tribunal consideró que para diciembre de 2001, así como en los años siguientes, el Estado presentaba un alto índice de impunidad general, es decir, relativo a diversos tipos de delitos y víctimas. En este 31 Cfr. Caso Veliz Franco y otros Vs. Guatemala, supra, párr. 77. En el Caso Veliz Franco y otros la Corte indicó que se ha aducido como característica de muchos de los casos de mujeres que han sido víctima de homicidio, la “brutalidad de la violencia ejercida”, la presencia de “signos de violencia sexual” en los cadáveres, o “la mutilación de los mismos”. Cfr. Caso Veliz Franco y otros Vs. Guatemala, supra, párr. 78. Citando, Amnistía Internacional, “Guatemala. Ni protección ni justicia: Homicidios de mujeres en Guatemala”, junio de 2005, pág. 8; Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Philip Alston. Misión a Guatemala, UN Doc. A/HRC/4/20/Add.2, 19 de febrero de 2007, párrs. 22 y 26, y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala, “Compendio ‘muertes violentas de mujeres’ 2003 a 2005”, pág. 22. La perita Paloma Soria Montañez explicó que en el “contexto de justificación y normalización de la violencia, observamos como en Guatemala las cifras de violencia doméstica, violencia sexual y de muertes violentas de mujeres son muy elevadas. En relación con estas últimas, los crímenes son cometidos cada vez más con extrema violencia y generalmente están acompañados de otro tipo de lesiones que evidencian la misoginia con la que son ejecutados: violencia sexual, mutilaciones, desmembraciones, decapitaciones y lesiones”. La perita observó que en la actualidad existe en Guatemala una situación de violencia estructural contra la mujer. Cfr. Peritaje rendido por Paloma Soria Montañez ante fedatario público (affidávit) el 16 de abril de 2015 (expediente de prueba, folios 6764 y 6765). La perita Karen Musalo señaló que “[l]os femicidios en Guatemala en 2005 ocurrían dentro del contexto de muchas otras formas de violencia que ocurrían a un nivel escandaloso; las matanzas no representan incidentes aislados, sino que reflejaban el mayor contexto de violencia omnipresente contra las mujeres. La violencia se extendía por todos los sectores de la sociedad e incluían violencia doméstica y otras formas de violencia dentro de la familia, violencia sexual, incesto, trata de blancas para explotación sexual y acoso sexual. Aunque no hay estadísticas oficiales, las pocas que existen demuestran una alta incidencia de violencia en el hogar, en la comunidad y en el público en general”. Cfr. Peritaje rendido por Karen Musalo ante fedatario público (affidávit) el 13 de abril de 2015 (expediente de prueba, folio 6655). En el año 2006 el Comité contra la Tortura expresó su preocupación por “el aumento del número de casos de asesinatos brutales de mujeres, a menudo acompañados de violencias sexuales, mutilaciones y torturas”. Cfr. Naciones Unidas, Comité contra la Tortura, Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud de artículo 19 de la Convención, CAT/C/GTM/CO/4, 25 de julio de 2006, párr. 16. Disponible en: http://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2fPPRiCAqhKb7yhsiqfk8caYZRrn8MoNjn4orEofX OsyvEx134NAHycDMofLi1Dvk6Ui6%2fGavPZFUsxiNrLqSjNF8OTMvVwLD%2faqRf%2fAyiAO1pdwTkCyDJdU9Gm. En el año 2004 la Relatora Especial sobre los Derechos de la Mujer de la Comisión Interamericana recibió informes consistentes sobre asesinatos “ejemplificadores”, en los cuales los abusos reflejados en la condición del cuerpo de la víctima y el lugar en los que fueron dejados los cadáveres, persiguen el objetivo de enviar un mensaje de terror e intimidación. Informó que “recibió también información y testimonios sobre otras formas de violencia que afectan a la mujer, tales como violencia intrafamiliar y doméstica, violación sexual, acoso sexual y rapto, entre otras”. Cfr. CIDH, Comunicado de Prensa, N 20/04, 18 de septiembre de 2004, párrs. 7 y 10. Disponible en http://www.cidh.oas.org/Comunicados/Spanish/2004/20.04.htm. Ver también, CIDH, Comunicado de Prensa, N 20/04, 18 de septiembre de 2004, párr. 10. Disponible en http://www.cidh.oas.org/Comunicados/Spanish/2004/20.04.htm, y Naciones Unidas, Consejo Económico y Social, “Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias”, Misión a Guatemala, E/CN.4/2005/72/Add.3, 10 de febrero de 2005, párrs. 33 y 34. Disponible en: http://www.ohchr.org.gt/cd_instrumentos/documentos/Vimu.pdf 32 18

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