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Caso 12.596 – Alegatos Específicos – Luz Dary Ospina Bastidas y Otros
48.
Para la época de los hechos, la señora Luz Dary Ospina Bastidas se desempeñaba como
Directora Ejecutiva de la Asociación de Mujeres de Las Independencias (AMI) desde hace
aproximadamente un año. Tenía un compromiso firme con el trabajo comunitario y de liderazgo al
respecto, fungiendo anteriormente como Presidenta de la AMI en 1998 y en el 2000; y desempeñándose
como Presidenta de la Junta de Acción Comunal entre el 1994 y el 1996, entre otras organizaciones
comunitarias. Vivía en una casa de su propiedad con su esposo, Oscar Tulio Hoyos Oquendo, y sus hijos
Edid Yazmín, Oscar Darío, y Migdalia Andrea Hoyos Ospina.
49.
Alegan que el 12 de noviembre de 2002 tras una acción conjunta por parte de miembros
de las Fuerza Pública se dio a conocer entre los habitantes del barrio Independencia II que los grupos
paramilitares intentaban acabar con la AMI. En dichas circunstancias, los peticionarios señalan que la
señora Ospina tomó conocimiento de parte de la Jefa del Núcleo Educativo – del sistema de educación
primaria oficial – que su nombre se encontraba en una lista de personas que los paramilitares
pretendían asesinar. Consecuentemente, abandonó el barrio junto con su esposo, tres hijos, y su yerno
Fabio Alberto Rodríguez Buriticá de manera inmediata, a fin de resguardar su integridad personal. Sin
embargo, alegan que dado que los paramilitares estaban invadiendo las casas desocupadas por las
personas que habían abandonado la comuna bajo amenaza, su esposo y sus dos hijos regresaron para
proteger la vivienda.
50.
Indican los peticionarios que el 3 de marzo de 2003 integrantes de la Fuerza Pública,
cinco personas vestidas de civil y sin identificación, y tres encapuchados se presentaron en la casa de la
familia Hoyos Espina y procedieron a allanarla, sin que mediara orden judicial. Aunque las personas de
civil dijeron ser miembros de la Fiscalía no mostraron ninguna identificación. Después de que los
hombres requisaron el inmueble sin encontrar ningún elemento que constituyera delito, atacaron al
señor Oscar Hoyos y lo amenazaron. Posteriormente lo obligaron a cavar un hueco en el piso de la casa
aduciendo que ellos ahí tenían armas enterradas. Se retiraron al no encontrar nada.
51.
Posteriormente, los peticionarios señalan que el 6 de marzo de 2003 regresaron unos
hombres de civil armados y se dedicaron a abrir huecos en la parte posterior de la vivienda. El 11 del
mismo mes, un grupo de hombres identificados con unos brazaletes del Comando Especial Antiterrorista
de la Policía Nacional, rodearon la casa y también realizaron huecos argumentando la búsqueda de
armas. Los peticionarios señalan que ante esta situación, el señor Hoyos y sus hijos decidieron
abandonar también la casa y dejarla alquilada, y por acuerdo con los inquilinos dejaron sus pertenencias
guardadas en un cuarto cerrado con el fin de protegerlos.
52.
Más adelante, los peticionarios afirman que el 26 de junio de 2003 un grupo de
hombres armados llegaron a la casa y amenazaron a la inquilina con derribar la puerta si no los dejaba
entrar. Se alega que una vez allí indagaron por la señora Ospina y su familia, y procedieron a llevarse los
muebles. Al día siguiente regresaron para terminar con el saqueo. Asimismo, los hombres armados
amenazaron a la inquilina diciendo que si formulaba una denuncia ante la Fiscalía le "mocharían" la
cabeza. Le indicaron que necesitaban la casa desocupada y le mandaron razón a la señora Ospina y a su
esposo que necesitaban hablar con ellos. Los peticionarios alegan que quienes han aceptado “hablar”
con los comandantes paramilitares, nunca regresan con vida. Sostienen en consecuencia, la inquilina
desocupó el inmueble y el 8 de julio de 2003 los paramilitares se instalaron en él. Indican que el