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solicitud de inscripción en el SUR y denuncié ante la Fiscalía Seccional de Medellín el saqueo de
34
mi vivienda y el desplazamiento del que soy víctima .
121. Esta petición de estudiar nuevamente su caso fue nuevamente rechazada por Acción
Social el 10 de octubre de 200635. El 16 de abril de 2007, se asignó una ayuda humanitaria a la señora
Miryam Eugenia Rúa Figueroa por Acción Social, en seguimiento al informe de admisibilidad de la CIDH
adoptado el 27 de febrero de 2007, por un valor de $618,000 pesos colombianos36.
122. La señora Rúa presentó una acción de tutela el 6 de agosto de 2010 contra la Agencia
Presidencial para la Acción Social, relatando una serie de diligencias que había llevado a cabo frente a
dicha entidad y el carácter contradictorio de las respuestas37. El Juzgado Diecisiete Civil del Circuito de
Medellín el 24 de agosto de 2010 dio lugar a la acción de tutela interpuesta por la señora Miryam Rúa
Figueroa aludiendo al carácter impreciso de las comunicaciones recibidas por la misma por parte de
Acción Social, logrando con ello “que la actora no conozca su real situación frente a Acción Social, en lo
que respecta a las ayudas y beneficios a los cuales puede acceder de clasificar y resultar incluida en el
Registro Único de la Población Desplazada (“RUPD”)”, y ordenó que la Oficina de Acción Social en
Antioquia emitiera una respuesta clara a la señora Rúa sobre su inclusión en el RUPD38. El 7 de
septiembre de 2010, la Señora Rúa recibió una comunicación de Acción Social confirmando su no
inclusión en el RUPD39.
123. La señora Miryam Eugenia Rúa Figueroa no ha podido reanudar su trabajo como líder
porque a raíz del desplazamiento le ha tocado trabajar para poder mantener a sus hijas, y le teme al
señalamiento y a la persecución que sufren las líderes40. Asimismo, la señora Rúa Figueroa y su familia
no han podido regresar al barrio, no han podido recuperar ningún objeto, y actualmente viven en un
municipio cercano a la ciudad de Medellín41.
34
Anexo 6. Comunicación de Miryam Eugenia Rúa Figueroa dirigida a Acción Social, Solicitud de Inscripción en el SUR,
2 de octubre de 2006. Anexo 4. Observaciones de los Peticionarios en referencia al asunto de Miryam Eugenia Rúa Figueroa y
Otras – Caso 12.595 de fecha 3 de mayo de 2012.
35
Anexo 7. Comunicación de Acción Social, 10 de octubre de 2006. Anexo a las Observaciones de los peticionarios en
referencia al asunto de Miryam Eugenia Rúa Figueroa – Comuna 13 - de fecha 25 de marzo de 2010.
36
Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario,
Observaciones sobre asunto Miryam Eugenia Rúa Figueroa y Otros, Caso 12.595, 17 de abril de 2007. Anexos 8-9. Acción Social,
Otorgamiento de Ayuda Humanitaria a Miryam Eugenia Rúa Figueroa, 15 de abril de 2007; y Ejercicio de Derecho de Petición,
David Medina Hernández, 26 de octubre de 2007. Anexo 4. Comunicación de los Peticionarios en referencia al asunto de
Miryam Eugenia Rúa Figueroa y Otras – Caso 12.595 de fecha 3 de mayo de 2012.
37
Anexo 10. Acción de Tutela interpuesta por Miryam Eugenia Rúa Figueroa contra Acción Social, 6 de agosto de 2010
ante el Juez Civil del Circuito (Reparto), Medellín. Anexo 4. Comunicación de los Peticionarios en referencia al asunto de Miryam
Eugenia Rúa Figueroa y Otras – Caso 12.595 de fecha 3 de mayo de 2012.
38
Anexo 11. Acción de Tutela, Miryam Eugenia Rúa Figueroa, Acción Social, Sentencia No. 305, 24 de agosto de 2010,
Juzgado Diecisiete Civil del Circuito de Medellín. Anexo 4. Comunicación de los Peticionarios en referencia al asunto de Miryam
Eugenia Rúa Figueroa y Otras – Caso 12.595 de fecha 3 de mayo de 2012.
39
Anexo 12. Comunicación de Acción Social, 7 de septiembre de 2010. Anexo 4. Observaciones de los Peticionarios en
referencia al asunto de Miryam Eugenia Rúa Figueroa y Otras – Caso 12.595 de fecha 3 de mayo de 2012.
40
Anexo 3. Declaración Recibida por la Señora Miryam Eugenia Rúa Figueroa por el GIDH con destino a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, 27 de abril de 2012.
41
Observaciones de los peticionarios en referencia al asunto de Miryam Eugenia Rúa Figueroa y Otras – Comuna 13 de fecha 22 de noviembre de 2011, párrs. 34 y 36.