29 B. Desplazamiento Forzado de Luz Dary Ospina Bastidas en noviembre de 2002, y hechos posteriores 124. Durante el 2002, la señora Luz Dary Ospina Bastidas se desempeñaba como Directora Ejecutiva de la Asociación de Mujeres de las Independencias (AMI)42. Vivía en una casa de su propiedad43 con su esposo, Oscar Tulio Hoyos Oquendo, y sus hijos e hijas Edid Yazmín, Oscar Darío y Migdalia Andrea Hoyos Ospina44. Su casa tenía cinco habitaciones, sala comedor, biblioteca, cocina, un baño, patio, terraza, e inicios para la construcción del segundo piso45. 125. En noviembre de 2002, la señora Luz Dary Ospina fue informada por la Jefa del Núcleo Educativo – del sistema de educación escolar primaria oficial – y por una socia de la AMI que su nombre se encontraba en una lista de personas que los paramilitares pretendían asesinar46. En las palabras de la señora Ospina: El 12 de noviembre del año 2002, cuando detuvieron a mis compañeras de la Asociación de Mujeres de Las Independencias (AMI), Mery Naranjo, Socorro Mosquera y Ana Teresa Yarce, corría el rumor de que yo también estaba involucrada con los supuestos hechos por los que las detuvieron, y también me pasaría algo, que también podría ser detenida o acusada como ellas. Por esa razón, por la detención de mis compañeras, y por la violencia y persecución que sufríamos las lideresas en la Comuna 13 con la entrada de los paramilitares, ese mismo día me fui 47 del barrio con ayuda de una amiga. 126. Consecuentemente, abandonó el barrio junto con su esposo y tres hijos e hijas de manera inmediata48. Cuando ocurrieron todos estos hechos, su hija Edid Yazmín tenía 22 años, su hijo Oscar Darío tenía 21 años, y su hija Migdalia Andrea tenía 12 años49. 42 Anexo 13. Declaración con destino a la CIDH de la señora María Noemí Morales, del 23 de octubre de 2006. Anexo a la Comunicación de los peticionarios en el asunto de Miryam Eugenia Rúa Figueroa y Otras – Comuna 13 - de fecha 22 de noviembre de 2011. 43 Anexo 14. Copia de la Escritura Pública en donde se transfiere la venta a favor de los señores Luz Dary Ospina Bastidas y Oscar Tulio Hoyos Oquendo de la casa ubicada en la Carretera 111C No. 34 DD-36 de Medellín, 14 de octubre de 1997. Anexo a la Petición original recibida en referencia al asunto de Luz Dary Ospina Bastidas – Comuna 13 - el 27 de octubre de 2004. 44 Anexo 15. Declaración Recibida de Luz Dary Ospina Bastidas por la GIDH con destino a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 27 de abril de 2012. Anexo 5. Observaciones de los Peticionarios en referencia al asunto de Miryam Eugenia Rúa Figueroa y Otras – Caso 12.595 de fecha 3 de mayo de 2012. 45 Anexo 15. Declaración Recibida de Luz Dary Ospina Bastidas por la GIDH con destino a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 27 de abril de 2012. 46 Petición original recibida en referencia al asunto de Luz Dary Ospina Bastidas – Comuna 13 - el 27 de octubre de 2004, páginas 2-3; Anexo 15. Declaración Recibida de Luz Dary Ospina Bastidas por la GIDH con destino a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 27 de abril de 2012. 47 Anexo 15. Declaración Recibida de Luz Dary Ospina Bastidas por la GIDH con destino a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 27 de abril de 2012. 48 Anexo 16. Denuncia ante la Defensoría del Pueblo del 18 de julio de 2003, por desplazamiento intraurbano y seguridad de Luz Dary Ospina Bastidas y su familia (Barrio Independencia II, Comuna 13). Anexo a la petición original recibida en referencia al asunto de Luz Dary Ospina Bastidas – Comuna 13 el 27 de octubre de 2004; Anexo 17. Denuncia ante la Procuradora Departamental, Ciudad de Medellín, 18 de julio de 2003, por desplazamiento intraurbano y seguridad de Luz Dary Ospina Bastidas y su familia (Barrio Independencia II, Comuna 13). Anexo a la Comunicación de los peticionarios en referencia al asunto de Luz Dary Ospina Bastidas – Comuna 13 - el 25 de marzo de 2010.

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