6. Requerir a los representantes de los beneficiarios y a la Comisión Interamericana que presenten sus observaciones dentro del plazo de una y dos semanas, respectivamente, contadas a partir de la notificación del informe que brinde el Estado, conforme al punto resolutivo anterior. 7. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado, a la Comisión Interamericana y a los representantes de los beneficiarios. Corte IDH. Asunto Salas Arenas y Otros Vs. Perú. Solicitud de Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 4 de septiembre de 2023. Resolución adoptada en San José de Costa Rica Ricardo C. Pérez Manrique Presidente Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Humberto Antonio Sierra Porto Nancy Hernandez Lopez Veronica Gomez Patricia Pérez Goldberg Rodrigo Mudrovitsch Pablo Saavedra Alessandri Secretario Comuníquese y ejecútese, Ricardo C. Pérez Manrique Presidente Pablo Saavedra Alessandri Secretario 15

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