6.
Requerir a los representantes de los beneficiarios y a la Comisión Interamericana que presenten
sus observaciones dentro del plazo de una y dos semanas, respectivamente, contadas a partir de la
notificación del informe que brinde el Estado, conforme al punto resolutivo anterior.
7.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado, a la Comisión
Interamericana y a los representantes de los beneficiarios.
Corte IDH. Asunto Salas Arenas y Otros Vs. Perú. Solicitud de Medidas Provisionales. Resolución de
la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 4 de septiembre de 2023. Resolución adoptada en
San José de Costa Rica
Ricardo C. Pérez Manrique
Presidente
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Humberto Antonio Sierra Porto
Nancy Hernandez Lopez
Veronica Gomez
Patricia Pérez Goldberg
Rodrigo Mudrovitsch
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Ricardo C. Pérez Manrique
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
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