de las pérdidas en la FIV, lo cual limita el alcance que se procura dar a algunas de las estadísticas que se han presentado ante la Corte 483. 310. Tomando bajo consideración que la pérdida embrionaria ocurre tanto en embarazos naturales como cuando se aplica la FIV, el argumento de la existencia de manipulación consciente y voluntaria de células en el marco de la FIV sólo puede entenderse como ligado al argumento desarrollado por la Sala Constitucional en torno a la protección absoluta del derecho a la vida del embrión, el cual ha sido desvirtuado en secciones anteriores de la presente Sentencia (supra párr. 264). Por el contrario, la Corte observa que el perito Zegers-Hochschild resaltó que “[e]l proceso generativo de la vida humana incluye la muerte embrionaria como parte de un proceso natural y necesario. De cada 10 embriones generados espontáneamente en la especie humana, no más de 2 a 3 logran sobrevivir a la selección natural y nacer como una persona. Los restantes 7 a 8 embriones mueren en el tracto genital femenino, la mayor de las veces, sin conocimiento de su progenitora” 484. 311. Teniendo en cuenta lo anterior, la Corte encuentra desproporcionado pretender una protección absoluta del embrión respecto a un riesgo que resulta común e inherente incluso en procesos donde no interviene la técnica de la FIV. El Tribunal comparte el concepto del perito Zegers-Hochschild según el cual “[e]s fundamental desde una perspectiva biomédica diferenciar lo que significa proteger el derecho a la vida de lo que significa garantizar el derecho a la vida de estructuras celulares que se rigen por una matemática y una biología que trasciende cualesquier regulación social o jurídica. Lo que corresponde a las instituciones responsables de las [técnicas de reproducción asistida], es proveer a las estructuras celulares (gametos y embriones) de las mejores condiciones con que cuenta el conocimiento médico y científico para que la potencialidad de ser persona, pueda 483 Durante la audiencia pública la Comisión interrogó al perito Caruso en este punto, indicando que tanto en la FIV como en el proceso natural de concepción existe perdida embrionaria y resaltando que la diferencia sería que en la FIV es posible medir esas pérdidas. La Comisión indagó si la diferencia sería entonces que en la FIV simplemente es posible medir esas pérdidas. El perito Caruso contestó que "In IVF you can say to a certain extent, you can answer that question somewhat. The differences, as I’ve said before is that there is a very big difference between the environment of the natural in fallopian tube and the dish with medium in an incubator at 95 degrees and 5% CO2 in an IVF lab. So yes, you are going to see an IVF you can quantity the loss of the embryos that you have. No.1, you cannot extrapolate that back to compare it to natural pregnancy laws. And 2. There may be reasons beyond the nature that those embryos are lost". Cfr. Declaración rendida por el perito Anthony Caruso en la audiencia pública celebrada en el presente caso. 484 Declaración rendida por el perito Zegers en la audiencia pública del presente caso. Precisó al respecto que “Los resultados de TRA varían significativamente según la edad de la mujer y el número de embriones transferidos y en algunos casos, de la gravedad de la condición que generó la enfermedad. [ …] [L]a proporción de óvulos cromosómicamente anormales es muy alta en la especie humana. Esto hace que un porcentaje mayoritario de óvulos fecundados no progresan en su desarrollo embrionario, y una proporción elevada de embriones transferidos no se implanten y no generan un embarazo. […] Del análisis de estos datos se desprende que […] [l]a técnica de la FIV o [la inyección intracitoplasmática de espermatozoides] ICSI, no genera embriones de menor valor biológico que los generados de manera espontánea en el cuerpo de la mujer[, y] […] que la muerte embrionaria como parte de un tratamiento médico, no ocurre como resultado directo de la técnica, sino como resultado de mala calidad ovocitaria y embrionaria que son connaturales a la mujer y al hombre. En mujeres que poseen óvulos sanos, la posibilidad de concebir a partir de un embrión generado in vitro no se diferencia de uno generado de manera espontánea. La FIV/ICSI en sí mismo, no afectan la posibilidad de implantación y concepción Así, las menores tasas de embarazo en mujeres con FIV no se deben a la interferencia de la técnica; sino que mayoritariamente al resultado de la enfermedad subyacente que determina un menor rendimiento reproductivo. […] [E]l proceso generativo de la vida humana incluye la muerte embrionaria como parte de un proceso natural y necesario. De cada 10 embriones generados espontáneamente en la especie humana, no más de 2 a 3 logran sobrevivir a la selección natural y nacer como una persona. Los restantes 7 a 8 embriones mueren en el tracto genital femenino, la mayor de las veces, sin conocimiento de su progenitora. La pregunta que debe responderse es si los TRA como la FIV o el ICSI contribuyen a que mueran embriones por el hecho de haberlos fecundado fuera del cuerpo de la mujer y luego transferidos a ella. La respuesta a esta pregunta es que ni la FIV ni el ICSI, afectan la posibilidad de sobrevida de embriones y ciertamente no los matan”.

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