3
b)
el 30 de agosto de 2010, alrededor de las cuatro de la tarde, los
mencionados integrantes de la OFPM se encontraban sembrando en una parcela
ubicada en la Comunidad de Juquila, municipio de Ayutla de los Libres, cuando
llegaron aproximadamente ocho personas con escopetas y comenzaron a
disparar contra ellos;
c)
el ataque duró aproximadamente 20 minutos, después del cual los
presuntos agresores buscaron a los agredidos por algunos minutos, y se
retiraron en dirección al poblado de Ocotlán;
d)
el señor Álvaro Ramírez Concepción resultó herido “con impactos de bala
en las siguientes partes del cuerpo: dos impactos en el tobillo izquierdo, uno a
la altura del muslo izquierdo, uno en la espalda baja del lado izquierdo, uno en
el abdomen del lado derecho, uno en el brazo derecho, uno en el hombro
derecho y uno en la cabeza en el lado derecho entre la oreja y la sien”. Los
señores Audencio Ramírez Concepción y Ambrosio García Catarino sufrieron
impactos de bala, respectivamente, en la pierna y en la pierna y en el tobillo, y
e)
la investigación relativa a los hechos inició el 1 de septiembre de 2010 y
se encuentra a cargo del Agente Titular del Ministerio Público del Fuero Común
con sede en la ciudad de Ayutla de los Libres, Guerrero. Los agraviados han
realizado señalamientos directos y claros respecto de los responsables a ocho
personas oriundas de la comunidad de Ocotlán, “conocidos por ser violentos y
dedicarse a actividades ilegales”, quienes supuestamente son “gente
problemática y violenta que no están de acuerdo con que haya organizaciones
como la OFPM”.
12.
Los argumentos de los representantes para fundamentar su solicitud de
ampliación de medidas provisionales, entre los cuales señalaron que:
a)
“las amenazas contra la vida e integridad personal de los beneficiarios de
[las] medidas han aumentado y ahora se han extendido a integrantes de la
OFPM[, quienes] no estaban siendo objeto de agresiones y amenazas directas”;
b)
“los bienes que han sido amenazados, además de los derechos a la vida y
a la integridad personal, es la capacidad de continuar la labor de defensa de los
derechos humanos, lo que en su conjunto constituye el extremo de
irreparabilidad de las consecuencias que [la] solicitud de [ampliación] de
medidas provisionales pretende evitar”;
c)
los posibles beneficiarios “guardan relaciones de parentesco” con
integrantes de la OFPM que ya son beneficiarios de las medidas provisionales;
d) la relación entre la OFPM y la OPIT, así como los riesgos que obstaculizan la
labor de la primera, evidencian la vinculación de los posibles beneficiarios con
los presupuestos que originaron el otorgamiento de las medidas, y
e) los hechos denunciados ponen en evidencia la extrema gravedad, urgencia y
riesgo inminente que enfrentan los posibles beneficiarios, hechos que
la ampliación de medidas provisionales: Audencio Ramírez Concepción, Álvaro Ramírez Concepción,
Ambrosio García Catarino y Ramón García Guadalupe.