-10de noviembre de 2011 el representante legal de la señora De La Cruz ”solicit[ó] prorrogar el inicio del juicio oral por un periodo no menor de un mes […] a efectos de [que aquella pudiera] continuar el tratamiento [… en Chile] en el centro de salud mental”, adjuntando un certificado médico emitido por una psiquiátrica66. Esta solicitud fue resuelta por la Sala Penal Nacional el 29 de noviembre de 2011, la cual señaló como fecha para inicio del juicio el 30 de marzo de 2012, y dispuso “bajo apercibimiento de ser declarada reo contumaz en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura”67. d. El 20 de noviembre de 2012 la Sala Penal declaró “frustrada” la audiencia de inicio al juicio oral por la falta de concurrencia de la señora De La Cruz Flores 68 . Al día siguiente, el representante de la señora De La Cruz Flores informó a la Sala Penal “la razón por la cual [esta] no se presentó a la Audiencia Programada [para] el 20 de noviembre de 2012”, adjuntando el informe psiquiátrico de 11 de octubre de 2012 que concluye que “es una paciente ‘psíquicamente frágil, cuya estabilidad emocional cognitiva y conductual es altamente dependiente de las condiciones de estabilidad contextual, en particular la ausencia de nuevos estresores ambientales” y desaconseja su comparecencia a tribunales al menos en lo que resta del año 201269. e. El 26 de noviembre de 2012 la Sala Nacional Penal decidió “declarar reo contumaz” y ordenar la ubicación y captura de la señora De La Cruz Flores70 y “señalar para el inicio del acto oral, en la fecha más próxima posible”71. f. El 25 de junio de 2013 la representante de la señora De La Cruz Flores solicitó ante la Sala Nacional la nulidad de la resolución de 26 de noviembre de 2012, con base en que “violentaba el derecho a la libertad”72. El 14 de agosto de 201373 la Sala Penal Nacional declaró improcedente dicha solicitud de nulidad y requirió que la procesada se ponga a disposición del órgano jurisdiccional; solicitó asistencia judicial internacional a la República de Chile a efectos de proceder a notificarle y suspendió el plazo de prescripción de la acción penal “desde su notificación a su domicilio personal hasta que se ponga a derecho”74. g. El 26 de septiembre de 2013 la Subsecretaría del Ministerio Interior de la República de Chile reconoció la condición de refugiada a la señora De la Cruz Flores y le otorgó “Permiso de Permanencia Definitiva” en dicho país75. h. El 18 de diciembre de 2013 la Dirección General de Policía del Perú solicitó a la Secretaría General de la INTERPOL, en atención a la orden de ubicación y captura emitida por la Sala Penal en contra de la señora De la Cruz Flores, “la difusión internacional para que se registre en su base de datos de sistema de búsqueda automática de la Organización Internacional de la Policía Criminal- INTERPOL”76. 66 Anexo al escrito presentado por la representante el 30 de diciembre de 2011. Decisión de la Sala Penal Nacional, Expediente No. 113-95 de 29 de noviembre 2011(anexo al escrito presentado por la representante el 30 de diciembre de 2011). 68 Anexo al escrito presentado por la representante el 2 de enero de 2013. 69 Anexo al escrito presentado por la representante el 30 de diciembre de 2011. 70 Decisión de la Sala Penal Nacional, Expediente no. 113-1995-SPN, Resolución No. 1037 de 16 de noviembre de 2012 (anexo al escrito presentado por la representante el 2 de enero de 2013). 71 Decisión de la Sala Penal Nacional, Expediente no. 113-1995-SPN, Resolución No. 1037 de 16 de noviembre de 2012 (anexo al escrito presentado por la representante el 2 de enero de 2013). 72 Solicitud ante la Sala Penal Nacional de 24 de junio de 2013, recibida el 25 de junio de 2013 (anexo al escrito presentado por la representante el 16 de octubre de 2013). 73 Resolución No. 1 de la Sala Penal Nacional, Expediente 531-2003-0-JR de 14 de agosto de 2013. Mediante Resolución de la Sala Penal Nacional de 28 de agosto de 2013 se dispuso corregir la parte Resolutivo II de la resolución de 14 de agosto de 2013, “debiendo entenderse que se SUSPENDE EL PLAZO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL respecto de María Teresa De La Cruz Flores desde la notificación a su domicilio personal, hasta que se ponga a derecho ante el órgano jurisdiccional” (anexo al escrito presentado por la representante el 16 de octubre de 2013). 74 Resolución No. 1 de la Sala Penal Nacional, Expediente 531-2003-0-JR de 14 de agosto de 2013 (anexo al escrito presentado por la representante el 16 de octubre de 2013). 75 Anexo al escrito de la representante de 20 de marzo de 2014. 76 Anexo al escrito de la representante de 20 de marzo de 2014. 67

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