F. Costas y gastos
226. En su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, los representantes solicitaron el pago
de las costas y gastos, como se señala a continuación:
Respecto al señor Cuya: por los gastos de casi 17 años a lo largo del proceso
interno como ante el sistema interamericano. Sostuvieron que los gastos comprenden el
traslado a las sedes de las autoridades jurisdiccionales y administrativas, incluyendo gastos
para movilizarse a la sede de la Comisión Interamericana en Washington, D.C. Alegaron
los siguientes gastos: USD$3,306.00 (tres mil trescientos seis dólares de los Estados
Unidos de América) por la compra de tiquetes aéreos; USD$2,352.00 (dos mil trescientos
cincuenta y dos dólares de los Estados Unidos de América por el peritaje contable para
determinar el lucro cesante, y USD$274.06 (doscientos setenta y cuatro dólares de los
Estados Unidos de América con seis céntimos) por gastos varios por copias, autenticaciones
y legalización de firmas, aranceles, envíos por courier. Además, consideraron que, al sumar
los otros rubros como mensajería, fotocopiado, asesoramiento de abogado y alimentación
a los gastos y honorarios, incremente el monto a la suma final de USD$30,000.00 (treinta
mil dólares de los Estados Unidos de América). Señalaron que por el transcurso del tiempo
se carece de comprobantes de pago;
b)
Respecto al señor Valenzuela: los gastos incurridos por los traslados: i) a las
sedes de las autoridades jurisdiccionales y administrativas, y ii) a la audiencia ante la
Comisión Interamericana. No conservan los comprobantes. Solicitaron la cantidad de
USD$5.000,00 (cinco mil dólares de los Estados Unidos de América).
c)
Respecto al señor Díaz Alvarado y la señora Rodríguez Ricse: solicitaron, por
la representación de cada uno la suma de USD$30,000.00 (treinta mil dólares de los
Estados Unidos de América), por la contratación de servicios profesionales, el traslado y el
pasaje a la Comisión Interamericana.
a)
227.
Al respecto, en su contestación el Estado solicitó que no se conceda lo que se solicita.
Respecto a cada víctima manifestó:
a)
Respecto al señor Cuya: los representantes realizaron afirmaciones genéricas
indicando gastos de traslado, mensajería, fotocopiado, asesoramiento de abogado para
que concurra a la Comisión, alimentación y otros, sobre los cuales no brindaron mayor
detalle. Tampoco si los gastos del señor Cuya para movilizarse a la sede de la Comisión
para presentar la petición, acudir a audiencias y entrevistas, estaba relacionado
directamente con su caso, y nota distintas inconsistencias, entre ellas, respecto a los
tiquetes aéreos aportados y la declaración jurada presentada respecto al pasaje del año
2005, que no corresponde a un comprobante de pago. Además, señalaron no tener
comprobantes de cada uno de los gastos alegados. Por último, indicó que el señor Cuya,
en calidad de abogado, se encargó de llevar el trámite de su proceso interno y también se
encargó del trámite de la petición que presentó ante la Comisión. Solicitó que no se conceda
el monto solicitado.
b)
Respecto al señor Valenzuela: no aportó comprobantes por los gastos
efectuados. No explicó qué implicó el gasto en trámites judiciales asumidos a nivel interno,
el trámite a nivel internacional, los traslados a las sedes jurisdiccionales y administrativas,
así como, audiencias dispuestas por la Comisión. El señor Valenzuela no acreditó la
totalidad de los gastos solicitados, por lo que no corresponde su pago.
c)
Respecto al señor Díaz Alvarado y la señora Rodríguez Ricse: no se
acreditaron debidamente los gastos ni se aportaron comprobantes de los mismos, por lo
que se opuso al pago de la suma solicitada.
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