32 Código Penal] que habla del encubrimiento, por lo que dict[ó] sobreseimiento provisional del proceso y definitivo a favor [de ambas personas]”122. 112. El 31 de octubre de 2001, la Fiscalía interpuso un recurso de apelación contra los sobreseimientos definitivos, considerando que PMT y EOQ debían ser enjuiciados en grado de encubrimiento. El 18 de diciembre de 2001 la Primera Sala de la Corte Superior resolvió la consulta elevada por el Juzgado Cuarto respecto de los sobreseimientos y del recurso de apelación interpuesto por parte de la Fiscalía. La decisión de la Sala fue confirmar el sobreseimiento definitivo en favor de CAA y BRR[,] y modificar el “sobreseimiento definitivo” de PMT y EOQ por un “sobreseimiento provisional”123. 113. El Segundo Tribunal Penal del Azuay, con fecha 13 de diciembre de 2001, ordenó oficiar a las autoridades de policía para la captura de MRR 124. En los días 23 de octubre de 2002, 26 de junio de 2003 y 12 de febrero de 2004 se libraron oficios de captura de MRR sin que pudiera ser capturada125. 114. Mediante providencia de 22 de febrero de 2005, el Tribunal Penales del Azuay, entre otros actos procesales, dispuso se sentara transcurrido desde el auto cabeza de proceso. En la misma fecha la mismo Tribunal certificó que habían transcurrido “6 años, 4 meses y 3 Segundo de Garantías razón sobre el tiempo Secretaria relatora del días”126. 115. El 28 de febrero de 2005 la Segunda Sala de lo Penal, Colusorio y Tránsito de la Corte Superior de Justicia del Azuay dictaminó la prescripción de la acción, en razón de la no comparecencia de la encausada a la audiencia de juzgamiento y al no haber podido ser capturada; y por el tiempo transcurrido desde fecha del auto cabeza de proceso, tiempo que no había sido interrumpido por el cometimiento de otra infracción 127. 116. Mediante resolución de fecha 22 de abril de 2005, la Segunda Sala Especializada de lo Penal, Colusorios y de Tránsito de la entonces Corte Superior de Justicia de Cuenca, confirmó la prescripción de la acción128. E. La acción civil 117. Además de la acción penal, la familia de Talía interpuso recursos de naturaleza civil que buscaban obtener reparaciones por los daños y perjuicios originados por la transfusión de sangre que produjo el contagio de VIH a Talía. Para estos efectos, Teresa Lluy presentó una demanda por daños y perjuicios y, previamente, un “amparo de pobreza” solicitando que 122 Decisión del Segundo Tribunal de lo Penal de 29 de octubre de 2001 (expediente de prueba, folio 489). 123 Decisión de la Primera Sala de la Corte Superior de 18 de diciembre de 2001 (expediente de prueba, folios 362 a 370). 124 Orden del Segundo Tribunal de lo Penal de 13 de diciembre de 2001 (expediente de prueba, folio 1860). 125 Cfr. Registro del Segundo Tribunal Penal del Azuay de 22 de febrero de 2005 (expediente de prueba, folio 1861). 126 Cfr. Providencia del Segundo Tribunal Penal del Azuay de fecha 22 de febrero de 2005 (expediente de prueba, folio 1862). 127 Cfr. Auto Resolutivo, Segundo Tribunal Penal del Azuay de 25 de febrero de 2005 (expediente de prueba, folio 1876). 128 Cfr. Auto Resolutivo, Segunda Sala de lo Penal de la entonces Corte Superior de Justicia del Azuay de 22 de Abril de 2005 (expediente de prueba, folio 1878).

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