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288. La Corte nota que ciertos grupos de mujeres padecen discriminación a lo largo de su
vida con base en más de un factor combinado con su sexo, lo que aumenta su riesgo de
sufrir actos de violencia y otras violaciones de sus derechos humanos 342. En ese sentido, la
Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias ha
establecido que “la discriminación basada en la raza, el origen étnico, el origen nacional, la
capacidad, la clase socioeconómica, la orientación sexual, la identidad de género, la religión,
la cultura, la tradición y otras realidades intensifica a menudo los actos de violencia contra
las mujeres”343. En el caso de las mujeres con VIH/SIDA la perspectiva de género exige
entender la convivencia con la enfermedad en el marco de los roles y las expectativas que
afectan a la vida de las personas, sus opciones e interacciones (sobre todo en relación a su
sexualidad, deseos y comportamientos)344.
289. En el presente caso, a través de declaraciones no controvertidas por el Estado, se
ilustró sobre el impacto que tuvo la situación de pobreza de la familia Lluy en la forma de
abordar el VIH de Talía (supra párr. 215). También ha sido explicada la discriminación en el
ámbito educativo asociada a la forma como, en forma prejuiciosa y estigmatizante, se
consideró a Talía Gonzales Lluy como un riesgo para sus compañeros de colegio, no solo en
la época en la que fue expulsada de la escuela “Zoila Aurora Palacios” sino en otros
momentos en los que intentó accesar al sistema educativo. Asimismo, en el aspecto laboral,
la Corte nota que Teresa Lluy fue despedida de su empleo por el estigma que le representaba
tener una hija con VIH; y posteriormente en otros trabajos que intentó realizar también fue
despedida debido a la condición de Talía de persona con VIH (supra párr. 217).
290. La Corte nota que en el caso de Talía confluyeron en forma interseccional múltiples
factores de vulnerabilidad y riesgo de discriminación asociados a su condición de niña, mujer,
persona en situación de pobreza y persona con VIH. La discriminación que vivió Talía no sólo
fue ocasionada por múltiples factores, sino que derivó en una forma específica de
discriminación que resultó de la intersección de dichos factores, es decir, si alguno de dichos
factores no hubiese existido, la discriminación habría tenido una naturaleza diferente. En
efecto, la pobreza impactó en el acceso inicial a una atención en salud que no fue de calidad
y que, por el contrario, generó el contagio con VIH. La situación de pobreza impactó también
en las dificultades para encontrar un mejor acceso al sistema educativo y tener una vivienda
342
Al respecto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en el caso de B.S. Vs. España, reconoció la
situación de extrema vulnerabilidad de B.S., quien sufrió discriminación por género, raza, origen nacional, estatus de
extranjera y su trabajo como trabajadora sexual. En el texto original, el Tribunal Europeo indicó: “In the light of the
evidence submitted in the present case, the Court considers that the decisions made by the domestic courts failed to
take account of the applicant’s particular vulnerability inherent in her position as an African woman working as a
prostitute”. Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), Caso B.S. v. España, No. 47159/08, Sentencia de 24
de julio de 2012, párr. 62. En el mismo sentido, consultar: CIDH, Acceso a la justicia para mujeres víctimas de
violencia en las Américas, de 20 de enero de 2007, párrs. 195 a 197; CIDH, Las mujeres frente a la violencia y la
discriminación derivadas del conflicto armado en Colombia, de 18 de octubre de 2006, párrs. 102 a 106, y CIDH,
Informe sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y discriminación en Haití, de 10 de marzo de
2009, párr. 90.
343
Naciones Unidas, Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y
consecuencias, Rashida Manjoo, 2 de mayo de 2011. párr. 67.
344
En relación con las diferencias biológicas, estos roles y expectativas están generadas y afirmadas por
factores sociales, culturales, económicos y políticos. En ese sentido, una perspectiva de género y sexualidad explica
la fuerza motriz que existe detrás de las diferencias y desigualdades entre hombres y mujeres dentro de un contexto
específico. A su vez, esta fuerza también afecta a la vulnerabilidad y al riesgo del individuo, así como a su acceso a
los servicios y a su capacidad para practicar sus derechos humanos y por lo mismo, el género y la sexualidad es un
enfoque completo que engloba todos los problemas que afectan al VIH. International HIV/AIDS Alliance, Enfoques de
género
y
sexualidad:
respondiendo
al
VIH,
2010,
p.
16.
Disponible
en:
http://www.aidsalliance.org/assets/000/000/897/90576-Enfoques-de-genero-ysexualidad_original.pdf?1407754252.