150. En este caso, se ha demostrado que los pueblos indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango, Achí de San Miguel Chicaj, Mam de Cajolá y Mam de Todos Santos Cuchumatán han realizado significativos esfuerzos para intentar operar radios comunitarias en Guatemala, aún bajo temor de persecución penal y a pesar de las dificultades de recaudar fondos para la compra de los equipos necesarios, encontrar voluntarios para trabajar en las radios, entre otros. Igualmente, se ha logrado probar que las radios comunitarias tienen una gran importancia para las comunidades indígenas, toda vez que estas se ven representadas en los temas abordados, las músicas que comparten, las personas que operan dichas radios y los idiomas utilizados para la comunicación. Tanto la operación de las radios, como su acceso por parte de los miembros de las comunidades indígenas que las escuchan, posibilita a estas personas, individual y colectivamente, no solo difundir y recibir información y opiniones diversas, sino también expresarse en sus idiomas, escuchar y difundir su música, discutir y participar en el debate sobre eventuales cuestiones o problemas que les afectan específicamente. 151. Tal como fue señalado por la perita Lorie Graham, los medios de comunicación más grandes se han presentado predominantemente en lenguas no indígenas, “desde una visión del mundo no indígena y, […] han tendido a centrarse principalmente en cuestiones no indígenas”224. Asimismo, los medios de comunicación han promovido la asimilación y el uso de estereotipos negativos y representaciones estigmatizantes contra los pueblos indígenas 225. La Corte hace notar que la ausencia de voces indígenas en los medios de comunicación no solo afecta el derecho a la libertad de expresión de los pueblos indígenas, sino también impide que la ciudadanía tenga acceso a narrativas distintas, especialmente sobre las opiniones, la cosmovisión y la música de dichos pueblos, lo cual se muestra crucial ante los efectos negativos que los medios de comunicación dominantes muchas veces tienen en la representación de los pueblos indígenas226. Ello adquiere aún mayor relevancia en Guatemala, donde aproximadamente la mitad (o más) de la población es indígena. 152. Este Tribunal considera que los pueblos Maya Kaqchikel de Sumpango, Achí de San Miguel Chicaj, Mam de Cajolá y Mam de Todos Santos Cuchumatán de hecho no han tenido canales institucionales para ejercer de manera significativa y permanente su derecho a expresar públicamente sus ideas y opiniones o para recibir información sobre los asuntos que las interesan y afectan. Lo anterior impide la participación plena de las referidas comunidades indígenas en una sociedad democrática y perpetúa su exclusión. Paralelamente, esta marginación en relación con los medios de comunicación ha privado a la sociedad guatemalteca de conocer los intereses, las opiniones y las necesidades de estas comunidades. 153. Por lo tanto, la forma en la cual se encuentra regulada la radiodifusión en Guatemala consiste en una prohibición de facto, casi absoluta, al ejercicio del derecho a la libertad de Peritaje rendido ante fedatario público (affidávit) por Lorie Graham, supra (expediente de prueba, folio 1466). Cfr. Peritaje rendido ante fedatario público (affidávit) por Lorie Graham, supra (expediente de prueba, folio 1466). Cuando las radios comunitarias abordan temas sobre “corrupción, [la] defensa del agua, el territorio y los bosques”, se enfrentan contra campañas de desprestigio donde son denominadas como “radio pirata”. Cfr. Declaración juramentada rendida por Alfredo Baltazar Pedro el 14 de mayo de 2021, (expediente de prueba, folio 1504). 226 Cfr. Peritaje rendido ante fedatario público (affidávit) por Lorie Graham, supra (expediente de prueba, folio 1464). Según la perita Graham, “esta ausencia de voces indígenas y de medios de comunicación indígenas era, y siguesiendo, más insidiosa que la mera desinformación; amenaza la propia existencia de los Pueblos Indígenas al socavar las lenguas indígenas, las prácticas consuetudinarias y las tradiciones culturales”. También afirmó la perita que “los medios de comunicación dominantes se han presentado predominantemente en lenguas no indígenas, desde una visióndel mundo no indígena y, en el mejor de los casos, han tendido a centrarse principalmente en cuestiones no indígenas.En el peor de los casos, los medios de comunicación se han utilizado para promover la asimilación y promulgar estereotipos negativos y representaciones estigmatizantes de los Pueblos Indígenas. El problema es que cuando estasson las únicas narrativas que se escuchan a través de los medios de comunicación, entonces se aceptan ampliamente como un reflejo de la realidad y una justificación para la continua discriminación contra las poblaciones estigmatizadascuyas voces no se escuchan”. 224 225 -44-

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