-18rendidos en dicha audiencia o mediante affidávit o declaración escrita, así como las pruebas para
mejor resolver solicitadas por la Corte y su Presidente (supra párrs. 15 y 16), así como los
documentos procurados e incorporados de oficio por el Tribunal. Para su valoración, se atendrá a los
principios de la sana crítica, dentro del marco normativo correspondiente46.
A)
Prueba documental, testimonial y pericial
50.
Se recibieron diversos documentos presentados como prueba por la Comisión Interamericana
y las partes, adjuntos a sus escritos principales (supra párrs. 1, 7, 8 y 10) o en respuesta a las
solicitudes de prueba para mejor resolver efectuadas por la Corte en la audiencia pública o por su
Presidente (supra párrs. 15 y 16).
51.
Asimismo, se recibieron las declaraciones rendidas ante fedatario público (affidávit) de: Juan
Patricio Marileo Saravia, Juan Ciriaco Millacheo Licán, José Benicio Huenchunao Mariñán, presuntas
víctimas propuestas por la FIDH; Carlos Felimer del Valle Rojas, Fabien Le Bonniec, Federico AndreuGuzmán, peritos propuestos por la FIDH, Manuel Cancio Meliá, Claudio Alejandro Fierro Morales,
Mauricio Alfredo Duce Julio, peritos propuestos por CEJIL, y Ruth Vargas Forman perito propuesta
por ambos intervinientes comunes; Flora Collonao Millano, Carlos Patricio Pichún Collonao, Rafael
Genaro Pichún Collonao, Pascual Alejandro Pichún Collonao, Claudia Ximena Espinoza Gallardo,
Soledad Angélica Millacheo Licán, Lorenza Saravia Tripaillán, Freddy Jonathan Marileo Marileo,
Jovelina Rosario Ñanco Marileo, Juan Julio Millacheo Ñanco, Gloria Isabel Millacheo Ñanco, Luis
Hernán Millacheo Ñanco, Zulema Marta Mariñán Millahual, Sandra Jelves Mella, Mercedes María
Huenchunao Mariñán, Pablo Osvaldo Ortega Manosalva y Luis Rodríguez-Piñero Royo, testigos
propuestos por la FIDH; Matías Ancalaf Prado y Karina del Carmen Prado Figueroa testigos
propuestos por CEJIL; así como las declaraciones escritas de Rodolfo Stavenhagen perito propuesto
por la Comisión Interamericana y la FIDH y de Jan Perlin perito propuesto por la Comisión
Interamericana. También se recibieron declaraciones escritas de las presuntas víctimas Segundo
Aniceto Norín Catrimán y Patricia Roxana Troncoso Robles convocadas de oficio por el Presidente del
Tribunal.
52.
En cuanto a la prueba rendida en audiencia pública, la Corte escuchó las declaraciones de las
presuntas víctimas Florencio Jaime Marileo Saravia propuesto por la FIDH y Víctor Manuel Ancalaf
Llaupe propuesto por CEJIL, de los testigos Juan Pichún Collonao propuesto por la FIDH y Juan
Domingo Acosta Sánchez propuesto por el Estado, y de los peritos Martin Scheinin propuesto por
ambos intervinientes comunes, Jorge Contesse propuesto por CEJIL y Claudio Fuentes Maureira
propuesto por el Estado.
53.
La FIDH no presentó once declaraciones que había propuesto y que según lo resuelto por el
Presidente de la Corte (supra párr. 13) debían ser rendidas mediante affidávit47. El Estado desistió de
la declaración del testigo Jaime Arellano Quintana, convocado por el Presidente para declarar
mediante affidávit.
B)
Admisión de la prueba
1.
Prueba documental
54.
En el presente caso, la Corte otorga valor probatorio a aquellos documentos presentados por
las partes y la Comisión en la debida oportunidad procesal y que no fueron controvertidos ni
46
Cfr. Caso de la “Panel Blanca” (Paniagua Morales y otros) Vs. Guatemala. Fondo, párr. 76, y Caso Liakat Ali Alibux Vs.
Suriname, párr. 23.
47
Testimonios de Juan Carlos Huenulao Llelmil, José Necul Cariqueo, Margarita Ester Millacheo Nanco, Patricia Raquel
Millacheo Nanco, Cristina Rosalía Millacheo Nanco, José Pedro Millacheo Nanco, Belén Catalina Huenchunao Reinao, Juan Lorenzo
Huenchunao Santi, y José Fernando Díaz Fernández, y los peritajes de Raúl David Sohr Bliss y Eduardo Mella Seguel.