-17que ellos y sus familias han sido asesinados o amenazados por grupos armados ilegales 32. Sin
embargo, no ha sido claramente expuesto si las situaciones de riesgo que habrían ocurrido a los
propuestos beneficiarios, referidas por los representantes y la Comisión, son particularmente
diferenciadas respecto del riesgo genérico que existe para los demás miembros de sus
comunidades.
19.
En este sentido, la Corte hace notar que en sus dos escritos el Estado omitió informar si
había evaluado los factores de riesgo que enfrentarían cada uno de los propuestos beneficiarios.
A su vez, el Estado ha expresado su voluntad de dar seguimiento, en el marco de las medidas
cautelares dispuestas por la Comisión Interamericana, a la situación general de riesgo de los
miembros de CAVIDA y se encuentra en proceso de implementar una serie de medidas
concretas de protección a su favor (supra Visto 19), en coordinación con ellos y sus
representantes.
20.
Al respecto, también es relevante lo señalado por el Estado en cuanto a que, en la última
reunión convocada por la Comisión Interamericana respecto de las medidas cautelares, “los
beneficiarios de las medidas cautelares [dispuestas por la Comisión, que] contemplan a los
propuestos beneficiarios de medidas provisionales, han señalado que no están interesados en
tener medidas individuales de protección, sino en medidas colectivas para todos los miembros
de CAVIDA, las cuales fueron efectivamente adoptados por la instancia competente y
comprenden medidas específicas y particularmente concertadas con los representantes” (supra
Visto 19). Esto no ha sido controvertido por los representantes ni por la Comisión
Interamericana.
21.
Además, los representantes y la Comisión no han relacionado claramente los hechos
alegados, la mayoría ocurridos con anterioridad a la referida audiencia, con la mayor visibilidad
que habrían adquirido estas personas por su participación en la misma o con su condición de
líderes de las comunidades. Inclusive, como fundamento de su solicitud, se refirieron a
supuestos hechos que habrían ocurrido a otras personas que no son los propuestos
beneficiarios.
22.
Sin perjuicio de lo anterior, es necesario reiterar que se encuentran vigentes las medidas
cautelares dispuestas por la Comisión. El Estado se encuentra adoptando medidas de protección
y ha manifestado su voluntad de “mantenimiento estricto de todos los mandatos, órdenes,
acciones y gestiones que se han desarrollado en el marco de las medidas cautelares ante la
Comisión” (supra Visto 19). De tal manera, y sin perjuicio de que el Tribunal continuará atento a
la situación de las presuntas víctimas del caso bajo su conocimiento, el Estado se ha
comprometido a continuar adoptando las medidas de protección de carácter colectivo y, según
se requieran, también de carácter individual, a favor de esas personas y otros miembros de
CAVIDA que puedan requerirlo, en el marco de las referidas medidas cautelares. En este
sentido, es evidente que corresponde al Estado evaluar la situación particular de riesgo en que
se encuentra cada uno de los propuestos beneficiarios. Por ello, esta Resolución no afecta en
ningún sentido las medidas de protección que el Estado ya está implementando, ni interfiere con
las medidas cautelares dispuestas por la Comisión Interamericana.
32
El informe de la Defensoría indica que “[e]n este marco de fuerte presencia de grupos armados ilegales, con
capacidad de control social y territorial, también resulta afectado el proceso de restitución del territorio colectivo en las
cuencas de los ríos Curbaradó y Jiguamiandó. El informe agrega que “[a]nte el carácter sistemático de estas amenazas
de muerte [contra líderes y lideresas], se ha visto vulnerado el derecho de las comunidades a participar libremente del
proceso de restitución que actualmente se adelanta en el Bajo Atrato, e incluso, en algunos casos, los líderes se han
visto obligados a restringir la frecuencia de las reuniones con sus comunidades o se han visto forzados a limitar su
participación en las actividades”. Con respecto a homicidios, el informe de la Defensoría señala que “[e]l involucramiento
de la familia más cercana de los líderes en las amenazas, es tan grave que incluso se han producido asesinatos de
líderes y de sus hijos menores de edad por parte de grupos armados ilegales post desmovilización de las AUC”. Sistema
de Alertas Tempranas (“SAT”), Defensoría del Pueblo, Defensoría Delegada para la Prevención de Riesgos de Violaciones
de Derechos Humanos y DIH, Nota de Seguimiento N° 018-12, Segunda Nota al Informe de Riesgo N°031-09 A.I, 30 de
noviembre de 2012, folios 34 a 36.