-17que ellos y sus familias han sido asesinados o amenazados por grupos armados ilegales 32. Sin embargo, no ha sido claramente expuesto si las situaciones de riesgo que habrían ocurrido a los propuestos beneficiarios, referidas por los representantes y la Comisión, son particularmente diferenciadas respecto del riesgo genérico que existe para los demás miembros de sus comunidades. 19. En este sentido, la Corte hace notar que en sus dos escritos el Estado omitió informar si había evaluado los factores de riesgo que enfrentarían cada uno de los propuestos beneficiarios. A su vez, el Estado ha expresado su voluntad de dar seguimiento, en el marco de las medidas cautelares dispuestas por la Comisión Interamericana, a la situación general de riesgo de los miembros de CAVIDA y se encuentra en proceso de implementar una serie de medidas concretas de protección a su favor (supra Visto 19), en coordinación con ellos y sus representantes. 20. Al respecto, también es relevante lo señalado por el Estado en cuanto a que, en la última reunión convocada por la Comisión Interamericana respecto de las medidas cautelares, “los beneficiarios de las medidas cautelares [dispuestas por la Comisión, que] contemplan a los propuestos beneficiarios de medidas provisionales, han señalado que no están interesados en tener medidas individuales de protección, sino en medidas colectivas para todos los miembros de CAVIDA, las cuales fueron efectivamente adoptados por la instancia competente y comprenden medidas específicas y particularmente concertadas con los representantes” (supra Visto 19). Esto no ha sido controvertido por los representantes ni por la Comisión Interamericana. 21. Además, los representantes y la Comisión no han relacionado claramente los hechos alegados, la mayoría ocurridos con anterioridad a la referida audiencia, con la mayor visibilidad que habrían adquirido estas personas por su participación en la misma o con su condición de líderes de las comunidades. Inclusive, como fundamento de su solicitud, se refirieron a supuestos hechos que habrían ocurrido a otras personas que no son los propuestos beneficiarios. 22. Sin perjuicio de lo anterior, es necesario reiterar que se encuentran vigentes las medidas cautelares dispuestas por la Comisión. El Estado se encuentra adoptando medidas de protección y ha manifestado su voluntad de “mantenimiento estricto de todos los mandatos, órdenes, acciones y gestiones que se han desarrollado en el marco de las medidas cautelares ante la Comisión” (supra Visto 19). De tal manera, y sin perjuicio de que el Tribunal continuará atento a la situación de las presuntas víctimas del caso bajo su conocimiento, el Estado se ha comprometido a continuar adoptando las medidas de protección de carácter colectivo y, según se requieran, también de carácter individual, a favor de esas personas y otros miembros de CAVIDA que puedan requerirlo, en el marco de las referidas medidas cautelares. En este sentido, es evidente que corresponde al Estado evaluar la situación particular de riesgo en que se encuentra cada uno de los propuestos beneficiarios. Por ello, esta Resolución no afecta en ningún sentido las medidas de protección que el Estado ya está implementando, ni interfiere con las medidas cautelares dispuestas por la Comisión Interamericana. 32 El informe de la Defensoría indica que “[e]n este marco de fuerte presencia de grupos armados ilegales, con capacidad de control social y territorial, también resulta afectado el proceso de restitución del territorio colectivo en las cuencas de los ríos Curbaradó y Jiguamiandó. El informe agrega que “[a]nte el carácter sistemático de estas amenazas de muerte [contra líderes y lideresas], se ha visto vulnerado el derecho de las comunidades a participar libremente del proceso de restitución que actualmente se adelanta en el Bajo Atrato, e incluso, en algunos casos, los líderes se han visto obligados a restringir la frecuencia de las reuniones con sus comunidades o se han visto forzados a limitar su participación en las actividades”. Con respecto a homicidios, el informe de la Defensoría señala que “[e]l involucramiento de la familia más cercana de los líderes en las amenazas, es tan grave que incluso se han producido asesinatos de líderes y de sus hijos menores de edad por parte de grupos armados ilegales post desmovilización de las AUC”. Sistema de Alertas Tempranas (“SAT”), Defensoría del Pueblo, Defensoría Delegada para la Prevención de Riesgos de Violaciones de Derechos Humanos y DIH, Nota de Seguimiento N° 018-12, Segunda Nota al Informe de Riesgo N°031-09 A.I, 30 de noviembre de 2012, folios 34 a 36.

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