Nacional de la Verdad de Brasil documentó que en esa época tuvieron lugar 434 muertos y desaparecidos
políticos en Brasil y en el exterior7.
57.
Tal y como consta en documentos oficiales, las graves violaciones de derechos humanos
cometidas durante la dictadura militar formaron parte de una política de represión diseñada y ejecutada por
el Estado, a través de los órganos de las Fuerzas Armadas, la policía Militar y Civil, así como el Poder Judicial,
con el propósito de eliminar cualquier resistencia al golpe de Estado y al régimen instaurado. Al igual que
otros regímenes vigentes en esa época en la región8, la dictadura en Brasil articuló un “gigantesco aparato
represivo”9 sobre la base de la Doctrina de Seguridad Nacional [Doutrina de Segurança Nacional]10.
58.
La dictadura militar brasileña no fue un hecho aislado en América Latina, sino que se insertó
en el contexto geopolítico mundial de la llamada “Guerra Fría”. En América Latina, salvo raras excepciones, en
las décadas de los 60 y 70, los países del Cono Sur – Paraguay (1954), Brasil (1964), Argentina (1966 y 1976),
Uruguay (1973) y Chile (1973) – vivieron bajo dictaduras militares que también aplicaron la estrategia de
lucha contra el comunismo a través de la “Doctrina de Seguridad Nacional”11. Al respecto, la Corte
Interamericana ha afirmado que en la mayoría de los gobiernos dictatoriales de la región del Cono Sur que
asumieron el poder o estaban en el poder durante la década de los años setenta […] el soporte ideológico de
todos estos regímenes era la ‘doctrina de seguridad nacional’ por medio de la cual visualizaban a los
movimientos de izquierda y otros grupos como ‘enemigos comunes’12.
59.
Con base en la Doctrina de Seguridad Nacional, durante el régimen militar se emitieron en
13
Brasil sucesivas “Leyes de Seguridad Nacional” . Asimismo, el más preponderante soporte jurídico del
régimen militar en Brasil fue el llamado “Acto Institucional” (Ato Institucional, en adelante “AI”)14.
60.
La evolución del ordenamiento jurídico represivo fue provocando gradualmente reacciones
de los sectores populares. En particular, el movimiento estudiantil se manifestó enérgicamente, hasta
alcanzar su auge en las grandes marchas de 196815.
7 Anexo 3. Relatório da Comissão Nacional da Verdade. Volume III – Mortos e desaparecidos políticos. Introdução. fls. 26, del 10
de diciembre de 2014. Anexo a la comunicación del Estado de 12 de agosto de 2015.
8 Corte IDH. Caso Goiburú y otros vs. Paraguay. Sentencia del 22 de septiembre de 2006. Serie C No. 153; Corte IDH. Caso
Barrios Altos vs. Perú. Sentencia de 14 de marzo de 2001, Serie C N° 75; Corte IDH. Caso Almonacid Arellano y otros Vs. Chile. Sentencia
de 26 de septiembre de 2006 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas). Serie C, n° 154; Corte IDH, Caso Gelman Vs.
Uruguay, Sentencia del 24 de febrero de 2011. (Fondo y Reparaciones), Serie C, n° 221.
9 Anexo 3. Relatório da Comissão Nacional da Verdade. Volume III – Mortos e desaparecidos políticos. Introdução. fls. 23, del 10
de diciembre de 2014. Anexo a la comunicación del Estado de 12 de agosto de 2015.
10 Corte IDH. Caso Gomes Lund y otros (“Guerrilha do Araguaia”) Vs. Brasil. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2010. Serie C No. 219, párr. 85; Anexo 1. Brasil. Presidência da República. Secretaria Especial
dos Direitos Humanos. Direito à Memória e à Verdade: Comissão Especial sobre Mortos e Desaparecidos Políticos. Brasília, Secretaria
Especial dos Direitos Humanos, 2007, fls. 22. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
11 Demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra
la República Federativa de Brasil. Caso 11,552 - Julia Gomes Lund y Otros (Guerrilha do Araguaia), del 26 de marzo de 2009, párr. 53.
12 Corte IDH. Caso Goiburú y otros Vs. Paraguay, Sentencia de 22 de septiembre de 2006. Serie C No. 153, párr. 61.5.
13 Demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra
la República Federativa de Brasil. Caso 11,552 - Julia Gomes Lund y Otros (Guerrilha do Araguaia), del 26 de marzo de 2009, párr. 54;
Anexo 1. Brasil. Presidência da República. Secretaria Especial dos Direitos Humanos. Direito à Memória e à Verdade: Comissão Especial
sobre Mortos e Desaparecidos Políticos. Brasília, Secretaria Especial dos Direitos Humanos, 2007, fls. 19. Anexo a la comunicación de los
Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
14 Los Actos Institucionales eran normas de excepción emitidas a través de Decretos del Poder Ejecutivo, es decir, del propio
gobierno militar, que podían incluso reformar materia constitucional, otorgándole al régimen total libertad para cambiar o suspender
derechos establecidos en la Constitución de 1946. Demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos contra la República Federativa de Brasil. Caso 11,552 - Julia Gomes Lund y Otros (Guerrilha do
Araguaia), del 26 de marzo de 2009, párr. 54.
15 Demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra
la República Federativa de Brasil. Caso 11,552 - Julia Gomes Lund y Otros (Guerrilha do Araguaia), del 26 de marzo de 2009, párr. 59;
Anexo 4. GASPARI, Elio. A Ditadura Envergonhada. São Paulo, Companhia das Letras, 2004, fls. 277-283. Anexo a la comunicación de los
Peticionarios de 11 de diciembre de 2014; Anexo 1. Brasil. Presidência da República. Secretaria Especial dos Direitos Humanos. Direito à
Memória e à Verdade: Comissão Especial sobre Mortos e Desaparecidos Políticos. Brasília, Secretaria Especial dos Direitos Humanos,
2007, fls. 24 y 25. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
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