homenaje al periodista, dicho acto tuvo la presencia de alrededor de 8 mil personas121. De este modo, el
asesinato de Vladimir Herzog “[f]ue uno de los más divulgados y documentados en el periodo de la dictadura
y es considerado un hito en la lucha de resistencia”122.
D.
i.
Actuaciones en el ámbito interno
Investigación de la Policía Militar (IPM n. 1173-75)
91.
Como consecuencia del impacto de la noticia de la muerte de Vladimir Herzog en la opinión
pública, el 30 de octubre de 1975 el General Comandante del II Ejército profirió la Orden [Portaria] No 03-SJ a
fin de “determinar las circunstancias en que ocurrió el suicidio del periodista [Vladimir Herzog]”123.
92.
La investigación policial militar n. 1173-75 empezó el 31 de octubre de 1975, y fue liderada
por el General de Brigada Fernando Guimarães de Cerqueira Lima124. Las diligencias contaron con la
participación del Fiscal [Promotor] representante del Ministerio Publico Militar, quien en ese entonces
también era Asesor Jurídico del Comando del II Ejercito125. Asimismo, el acta del examen de necropsia
firmado por los peritos Arildo Viana y Harry Shibata del 27 de octubre de 1975126, y el informe de la pericia
del 25 de octubre de 1975, realizado después de la muerte de Vladimir Herzog, fueron remitidos a la IPM127.
Según el informe, el “Capitão Ubirajara” fue la persona que encontró el cuerpo de Herzog en el
DOI/CODI/SP128. El acta del examen forense también indicó que su muerte ocurrió por suicidio.
Posteriormente, el perito Harry Shibata declaró en juicio que nunca vio el cuerpo de Vladimir Herzog129.
(infra párr. 105)
93.
En el marco de esta investigación, los periodistas George Benigno Duque Estrada y Rodolfo
Osvaldo Konder, quienes se encontraban detenidos en el DOI/CODI/SP del II Ejército desde el 24 de octubre
de 1975, fueron escuchados como testigos por las autoridades de la sede del Comando del II Ejército el 31 de
octubre de 1975130. Según se desprende del expediente, años después, en la Investigación Policial estadual
abierta en 1992 (infra párr. 118), Konder declaró que: “cuando fue interrogado acerca de los hechos en el
marco de la investigación militar, “ya venía trastornado por las circunstancias de la tortura[, y fue] escuchado
sólo en la presencia de Militares, sin el acompañamiento de algún abogado; que, consciente de que debería
volver al DOI CODI después de ser escuchado, el testigo, por supuesto, creyó prudente no revelar la verdad
121 Anexo 13. Comissão de Familiares e Desaparecidos Políticos. “1975: Vladimir Herzog”. In: Dossiê Ditadura: Mortos e
Desaparecidos Políticos no Brasil, 1964-1985. 2ª edición, 2007, fls. 627. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre
de 2014; Anexo 11. Brasil. Presidência da República. Secretaria Especial dos Direitos Humanos. Direito à Memória e à Verdade: Comissão
Especial sobre Mortos e Desaparecidos Políticos. Brasília, Secretaria Especial dos Direitos Humanos, 2007, fls. 408. Anexo a la
comunicación del Estado de 18 de junio de 2012.
122 Anexo 13. Comissão de Familiares e Desaparecidos Políticos. “1975: Vladimir Herzog”. In: Dossiê Ditadura: Mortos e
Desaparecidos Políticos no Brasil, 1964-1985. 2ª edición, 2007, fls. 627. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre
de 2014.
123 Anexo 32. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 3, fls. 494, Portaria de instauração do
Inquérito Policial Militar, del 31 de octubre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. Ver
también: Anexo 3. Relatório da Comissão Nacional da Verdade. Volume III. Parte III, “Mortos e desaparecidos políticos”, fls. 1795, del 10
de diciembre de 2014. Anexo a la comunicación del Estado de 12 de agosto de 2015.
124 Anexos 33 y 34. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 3, fls. 491 y 494, Despachos del 25, 30
y 31 de octubre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
125 Anexo 35. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 3, fls. 495, Despacho en el Inquérito Policial
Militar, del 31 de octubre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
126 Anexo 31. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 4, fls. 827/829, Atestado de examén
forense y examén necroscópico, del 25 de octubre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
127 Anexo 30. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 1, fls. 125/128, Pericia del local donde fue
encontrado el cadáver. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
128 Anexo 30. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 1, fls. 125, Pericia del local donde fue
encontrado el cadáver. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
129 Anexo 36. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 2, fls. 441– Declaración de Harry Shibata en
la Ação Declaratória No. 136/76, del 16 de mayo de 1978. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
130 Anexo 35. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 3, fls. 495, Despacho en el Inquérito Policial
Militar, del 31 de octubre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
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