67 un recuento de la prueba obrante en el expediente sobre la alegada finalidad no declarada, y b) examinar dicha prueba. a) Recuento de declaraciones y documentos sobre la alegada finalidad no declarada 190. La Corte toma en cuenta para su decisión el extenso recuento de declaraciones públicas realizadas desde el año 2002 por funcionarios del Estado venezolano, respecto a que no serían renovadas las concesiones a algunos medios privados de comunicación social en Venezuela (supra párrs. 75 a 86). Entre las diversas declaraciones previamente reseñadas, se reiteran las siguientes: a) la declaración del Presidente Chávez de 9 de noviembre de 2003 en su programa “Aló Presidente”, a través de la cual manifestó: “no voy a permitir que ustedes lo hagan de nuevo, […] si ustedes: Globovisión, Televén, Venevisión y RCTV mañana o pasado mañana [Ministro] Jesse Chacón, le di una orden, usted debe tener un equipo de analistas y de observadores 24 horas al día mirando todos los canales simultáneamente y debemos tener claro, yo lo tengo claro, cual es la raya de la cual ellos no deben pasarse, y ellos deben saber, es la raya de la ley pues. En el momento en que pasen la raya de la ley serán cerrados indefectiblemente para asegurarle la paz a Venezuela, para asegurarle a Venezuela la tranquilidad”276. 191. A partir de diciembre de 2006, funcionarios del Estado pasaron a anunciar la decisión oficial de no renovar la concesión de RCTV. Entre las declaraciones se encuentran las siguientes: b) la declaración del Presidente Chávez del 28 de diciembre de 2006, por ocasión de su saludo de fin de año a las Fuerzas Armadas, en la cual expresó: “Hay un señor por ahí de esos representantes de la oligarquía, que quería ser presidente de la oligarquía, y que luego esos gobiernos adecoscopeyanos le dieron concesiones para tener un canal de televisión y él ahora anda diciendo que esa concesión es eterna, se le acaba en marzo la concesión de televisión, se le acaba en marzo, así que mejor es que vaya preparando sus maletas y vaya viendo a ver qué va a hacer a partir de marzo. No habrá nueva concesión para ese canal golpista de televisión que se llamó Radio Caracas Televisión, se acaba la concesión, ya está redactada la medida, así que vayan preparándose, apagando los equipos pues, no se va tolerar aquí ningún medio de comunicación que esté al servicio del golpismo, contra el pueblo, contra la nación, contra la independencia nacional, contra la dignidad de la República, Venezuela se respeta, lo anuncio antes que llegue la fecha para que no sigan ellos con su cuentito de que no, que son 20 años más, 20 años más yo te aviso chirulí, 20 años más si es bueno, se te acabó, se te acabó”277; sentencia. La prueba circunstancial, los indicios y las presunciones, pueden utilizarse, siempre que de ellos puedan inferirse conclusiones consistentes sobre los hechos”. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Fondo, párr. 130. 276 Transcripción del programa “Aló Presidente”, No. 171, del 9 de noviembre de 2003, pág. 69, disponible en: http://www.alopresidente.gob.ve/materia_alo/25/1551/?desc=alo_presidente_171.pdf. 277 Video publicado en sitio web del portal “Aporrea” titulado “Presidente Chávez: ‘a RCTV que vayan apagando los equipos’” de 28 de diciembre de 2006 (expediente de prueba, folio 3136); Nota de prensa del diario “Globovisión” titulada “Presidente Chávez anuncia que no renovará concesión de RCTV” de 28 de diciembre de 2006, (expediente de prueba, folio 3138); Nota de prensa del diario “El Mundo” titulada “Chávez cancela la licencia a una televisión privada que tacha de 'golpista'” de 28 de diciembre de 2006, disponible en: http://www.elmundo.es/elmundo/2006/12/28/comunicacion/1167326997.html, y Nota de prensa del diario “El Universal” titulada “Reporteros Sin Fronteras pide a Gobierno reconsiderar decisión de no renovar concesión a RCTV” de 29 de diciembre de 2006, disponible en: http://www.eluniversal.com/2006/12/29/pol_ava_29A819703.shtml.

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