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DECLARA QUE:
1.
De conformidad con lo señalado en los Considerandos 7 a 11 de la presente
Resolución, el Estado no se encuentra observando su obligación de informar a esta
Corte sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a lo dispuesto en las
Sentencias de fondo y reparaciones emitidas el 3 de noviembre de 1997 y 27 de
noviembre de 1998, respectivamente.
2.
Mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento en
cuanto al deber de adoptar las medidas disponibles para determinar el paradero de
Ernesto Rafael Castillo Páez, que aún se encuentra pendiente de acatamiento.
Y RESUELVE:
1.
Requerir a la República del Perú que adopte todas las medidas que sean
necesarias para dar efectivo y pronto cumplimiento al punto declarativo segundo de
esta Resolución, de conformidad con lo estipulado en el artículo 68.1 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
2.
Solicitar a la República del Perú que presente a la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, a más tardar el 15 de julio de 2011, un informe en el cual
indique todas las medidas adoptadas para cumplir el punto pendiente de
acatamiento, de conformidad con los Considerandos 7 a 11 de la presente
Resolución.
3.
Requerir al Estado que, con posterioridad a la presentación del informe
requerido en el punto resolutivo anterior, continúe informando a la Corte cada tres
meses acerca de las medidas adoptadas para cumplir con el punto pendiente de
acatamiento.
4.
Solicitar a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos que presenten las observaciones que estimen pertinentes a
los informes de la República del Perú mencionados en los puntos resolutivos
segundo y tercero, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente,
contados a partir de la recepción los mismos.
5.
Continuar supervisando el cumplimiento de la Sentencia de fondo de 3 de
noviembre de 1997 y de reparaciones de 27 de noviembre de 1998.
6.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución a la
República del Perú, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los
representantes de las víctimas.