II.
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
4.
Notificación al Estado y a los representantes5. – El sometimiento del caso por parte de
la Comisión fue notificado al Estado y a los representantes el 11 de noviembre de 2014.
5.
Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. – El 12 de enero de 2015 los
representantes presentaron su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas 6 (en adelante
“escrito de solicitudes y argumentos”), en los términos de los artículos 25 y 40 del
Reglamento de la Corte.
6.
Escrito de contestación. – El 1 de abril de 2015 el Estado presentó ante la Corte su
escrito de contestación al sometimiento del caso y al escrito de solicitudes y argumentos y
de excepciones preliminares (en adelante “contestación” o “escrito de contestación”), en los
términos del artículo 41 del Reglamento del Tribunal7.
7.
Observaciones a las excepciones preliminares. - Mediante escritos recibidos el 1 de
junio de 2014, los representantes y la Comisión presentaron sus observaciones a las
excepciones preliminares interpuestas por el Estado y solicitaron que fueran rechazadas.
8.
Fondo de Asistencia Legal de Víctimas. – Mediante Resolución de 5 de mayo de 2014
el Presidente de este Tribunal declaró procedente la solicitud interpuesta por la presunta
víctima, a través de sus representantes, para acogerse al Fondo de Asistencia Legal de
Víctimas, y aprobó que se otorgara la asistencia económica necesaria para la presentación
de un máximo de tres declaraciones, ya sea en audiencia o por affidavit.
9.
Audiencia pública. – Mediante Resolución del Presidente de la Corte de 2 de julio de
2015, se convocó a las partes y a la Comisión a una audiencia pública que fue celebrada el
25 de agosto de 2015 durante el 53º Período Extraordinario de Sesiones de la Corte, la cual
tuvo lugar en Tegucigalpa, Honduras8. En la audiencia se recibieron las declaraciones de la
presunta víctima y un perito, propuestos por los representantes, un perito propuesto por la
Comisión, y un testigo y un perito ofrecidos por el Estado, así como las observaciones y
alegatos finales orales de la Comisión, los representantes de la presunta víctima y el Estado,
respectivamente. Asimismo, en esa Resolución se ordenó recibir declaraciones rendidas ante
fedatario público (affidavit) de cuatro peritos, propuestos por los representantes, así como
de un testigo y un perito, ofrecidos por el Estado, y un perito propuesto por la Comisión.
10. Amici Curiae.- El Tribunal recibió 9 escritos de amici curiae, presentados por: 1) la
Fundación Latina de Cultura9; 2) Clínica de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de
5
Los representantes en el presente caso ante la Corte son la Comisión Colombiana de Juristas y Germán
Humberto Rincón Perfetti.
6
Los representantes enviaron el escrito de solicitudes y argumentos vía correo electrónico. Mediante
comunicación recibida el 30 de enero de 2015, los representantes remitieron a la Corte el escrito original y anexos
del mismo.
7
El Estado envió su escrito de contestación vía correo electrónico. Mediante comunicación recibida el 23 de
abril de 2015, el Estado remitió a la Corte el escrito original y anexos del mismo. Asimismo, mediante escrito de 12
de diciembre de 2014 el Estado designó como Agentes a Juana Inés Acosta López y Camilo Ernesto Vela
Valenzuela.
8
A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Tracy Susanne Robinson,
Comisionada; Silvia Serrano Guzmán y Jorge H. Meza Flores, asesores de la Secretaría Ejecutiva; b) por los
representantes de la presunta víctima: Gustavo Gallón Giraldo, Representante; Fredy Alejandro Malambo Ospina,
Representante; y Germán Humberto Rincón Perfetti, representante, y c) por el Estado de Colombia: Juana Inés
Acosta y Camilo Vela Valenzuela, Agentes; Jonathan Riveros Tarazona, Asesor; y Juanita López Patrón, Directora
de la Defensa Jurídica de la ANDJE.
9
El escrito fue firmado por María Inés Franck, Presidenta de la referida Fundación.
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