68.
Según surge de su testimonio recabado en audiencia pública, la señora Loreci Lisboa
recibió un fuerte golpe en la cabeza, que la hizo caer. Cuando ya estaba en el suelo, algunos
policías la agredieron, le dieron un puñetazo en el pecho y le dispararon en la pierna, en el
brazo izquierdo y en el glúteo izquierdo. Posteriormente, mientras permanecía esposada a
una camilla, fue mordida por un perro de la Policía Militar 86. El señor Laureci Coradace, quien
inicialmente estaba en el mismo autobús que Antônio Tavares Pereira, recibió disparos de
balas de goma. Luego él y otros trabajadores rurales fueron obligados a acostarse en el piso
y fueron agredidos física y verbalmente 87. Un niño de aproximadamente cuatro años resultó
herido 88.
69.
Nueve trabajadores fueron detenidos por los delitos de daño, desobediencia,
asociación ilícita para delinquir y puesta en riesgo de menores de edad 89. Algunos de ellos
presentaban heridas leves por lo que fueron enviados al Instituto Médico Legal para examen
de lesiones corporales 90, y otros fueron remitidos a cuidados hospitalarios 91.
70.
Al menos 219 policías estaban presentes en el lugar de los hechos, sin embargo, no
hay información sobre cuál fue su participación en el operativo 92. No consta en el expediente
el que algún miembro de la fuerza pública haya resultado herido durante los incidentes.
71.
El 5 de mayo de 2000 algunos de los trabajadores involucrados en el episodio
solicitaron al Comisario de Policía de Campo Largo que iniciara una investigación sobre las
agresiones de las que habrían sido víctimas 93. El 8 de mayo del mismo año, el Comisario envió
al Instituto Médico Legal la lista de personas involucradas en los hechos con el fin de que se
les realizara un examen de las lesiones sufridas 94. No se tiene noticia de que se haya iniciado
una investigación al respecto.
D.
La investigación de la Policía Militar en el marco del proceso ante la justicia militar
Cfr. Declaración rendida por Loreci Lisboa, supra.
Cfr. Declaración de Laureci Coradace Leal rendida por affidávit, supra (expediente de prueba, folio 9744 a
9745); Declaración de Nei Orzekovsky, supra (expediente de prueba, folio 9776), y Declaración de Ireno A. Proshnow,
supra (expediente de prueba, folio 9739).
88
Cfr. Declaración rendida por Loreci Lisboa, supra.
89
Cfr. Informe policial de 2 de mayo de 2000 del Décimo Batallón de Policía Militar mediante el cual se instruye
la investigación de Policía Militar no. 221/2000 (expediente de prueba, folios 141, 145 y 147), y Oficio 951/00-Mel
de “2 de abril de 2000” [sic] (2 de mayo de 2000) mediante el cual se instruye la investigación de Policía Militar no.
221/2000 (expediente de prueba, folio 149).
90
Cfr. Oficio 951/00-Mel de “2 de abril de 2000” [sic] (2 de mayo de 2000), supra (expediente de prueba,
folio 149).
91
Cfr. Oficio 813/2000- Mel de 2 de mayo de 2000 por cual se instruye la investigación de la Policía Militar no.
221/2000 (expediente de prueba, folio 151).
92
Cfr. Oficio del 12º Batallón de Policía Militar con la lista de policías que participaron de la “Operación Sin
Tierra” (expediente de prueba, folios 3715 a 3717); Oficio 1065/00 del 17º Batallón de Policía Militar con la lista de
policías que participaron de la “Operación Sin Tierra” (expediente de prueba, folios 3718 y 3719); Oficio 1065/00 del
13º Batallón de Policía Militar con la lista de policías que participaron de la “Operación Sin Tierra” (expediente de
prueba, folios 3722 y 3723); Listado de los policías del 1 ° EPM que participaron de la “Operación MST” (expediente
de prueba, folio 3724); Listado de los policías del 5 ° EPM que estaban designados para actuar en la operación
(expediente de prueba, folio 3725); Tabla con nombre de los policías que estuvieron en el enfrentamiento(expediente
de prueba, folio 3726), y Listado emitido por el Comandante de la 1ª Cia PRV con nombres de policías (expediente
de prueba, folio 3727).
93
Cfr. Solicitud de 5 de mayo de 2000 dirigida al jefe de policía de la Delegación de Campo Largo (expediente
de prueba, folio 153).
94
Cfr. Oficio 1012/Cal/00 de 8 de mayo de 2000 de la Tercera Delegación regional de Campo Largo (expediente
de prueba, folios 155 y 157 a 159).
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