42 del hecho se “entrevistó” a una persona que refirió que el señor Castillo había tenido problemas con un albañil (supra párr. 48). Luego, ese mismo día se recibió la declaración de éste (supra párr. 48). También se recibió “entrevista” de una persona que mantenía relaciones comerciales con el señor Castillo (supra párr. 68). 156. En cuanto a la hipótesis relativa a la posible intervención de grupos paramilitares colombianos en el homicidio de Joe Castillo, las autoridades recibieron diversas informaciones y manifestaciones. Así, los días 5 y 8 de septiembre de 2003 se tomaron “entrevistas” que indicaron que el señor Castillo había tenido vínculos laborales con una persona que habría tenido relación con las FARC y que habría sido asesinada, aparentemente por “paramilitares de Colombia” (supra párr. 54). El 10 de los mismos mes y año personal del CICPC recibió un llamado telefónico que indicaba que paramilitares de Colombia que se movilizaban en una camioneta determinada habían participado en el homicidio de Joe Luis Castillo (supra párrs. 57, 58 y 59). En dicha ocasión incluso se señalaron apodos de las personas que supuestamente integrarían el grupo de paramilitares. Además, un comisario, en el marco de las investigaciones refirió información, también señalada por la prensa, que indicaba que el 20 de noviembre de 2003 en un enfrentamiento habían fallecido personas que presuntamente habían dado muerte al señor Castillo, una de las cuales integraba el grupo de personas que habían sido detenidas el 12 de septiembre de 2003 y vinculada a la información sobre paramilitares que se movilizaban en una camioneta (supra párr. 72)93. 157. En relación con lo anterior, las autoridades realizaron lo siguiente: vigilaron la camioneta indicada, contactaron a quien figuraba como su propietario y realizaron pericias sobre el vehículo y su placa (supra párr. 58). Además, luego de que los supuestos tripulantes del vehículo fueron aprehendidos en una operación policial, los “entrevistaron”. Las manifestaciones recabadas en tal oportunidad indicaron que habrían participado paramilitares en los hechos, así como que el señor Castillo habría estado en un listado de personas a “eliminar”, y que los referidos paramilitares habrían tenido contacto con autoridades estatales venezolanas, concretamente, con miembros de la Guardia Nacional y con el alcalde de Machiques (supra párrs. 59 y 60). Posteriormente, “entrevistaron” a una funcionaria del Vicariato, preguntándole si conocía a las personas que habían sido aprehendidas (supra párr. 67). Además, en relación con el incidente del 20 de noviembre de 2003, las autoridades mostraron fotografías de los cadáveres de las personas fallecidas en esa fecha a la señora Moreno, quien manifestó que no podía asegurar si alguna de ellas participó en el atentado que sufrieron su esposo, su hijo y ella (supra párr. 74). 158. Entre las medidas de investigación dispuestas por las autoridades, y que no se habrían efectuado, se encuentran las siguientes: 1) reconocimiento fotográfico del presunto involucrado en el atentado cometido contra Joe Castillo y su familia (supra párrs. 81 y 82); 2) obtención de fotografías en vida de las personas fallecidas el 20 de noviembre del 2003 (supra párr. 76), y 3) comparación balística entre las armas incautadas a las personas fallecidas en el enfrentamiento de 20 de noviembre del 2003, con los casquillos de las balas que impactaron en Joe Luis Castillo (supra párrs. 76 y 84). En lo que se refiere a la comparación balística de las armas incautadas al presunto involucrado en el atentado cometido contra Joe Castillo y su familia con casquillos de las balas que impactaron en Joe Castillo, del acervo probatorio surge que dicha diligencia sí se realizó, y que la ejecución de tal medida consta en los informes periciales que se emitieron cerca de un año después de 93 La identidad entre una de las personas detenidas el 12 de septiembre de 2003 y una de las que resultó muerta el 20 de noviembre de 2003 surge de un acta policial de 15 de septiembre de 2003.

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