- 36 - este Departamento”. En diciembre de 1985, se practicó nuevamente un recurso de exhibición personal en su nombre ante la Policía Nacional Civil, resultando negativo. 98. Asimismo, el 30 de mayo de 1986 se interpuso otro recurso de exhibición personal. Ese año el Ministerio de Gobernación solicitó a la Policía Nacional que reabriera la investigación del caso y le informara los avances de la misma. La familia relató que, comisiones del DIT examinaron la casa, interrogaron a los familiares sobre lo sucedido, y le informaron que “se había establecido que su hijo había sido sacado pero que no sabían aún a donde lo habían llevado”. En dichas investigaciones se encontró un proyectil calibre 9 milímetros en la casa, que según el padre era “utilizado únicamente por las fuerzas armadas”. 99. Adicionalmente, en noviembre de 1984 el caso fue de conocimiento del entonces Jefe de Estado y la Comisión Tripartita, de la cual formada parte los Ministerios Público, de Gobernación, de la Defensa Nacional. La desaparición también fue comunicada a la Comisión Interamericana, que a su vez la trasladó al Estado sin obtener respuesta. Paralelamente, la familia denunció los hechos a medios de comunicación y buscó a Manuel Ismael en centros de detención y hospitales. El padre continuó las denuncias a través del GAM y la Asociación de Familiares de Detenidos Desparecidos de Guatemala (en adelante, “FAMDEGUA”). 100. En 1988 denunciaron los hechos ante la PDH. Esta solicitó información a, entre otros, la Policía Nacional, el Comandante de la Zona Militar número uno y al tribunal donde se interpuso el recurso de exhibición personal. Este último respondió indicando las diligencias que había realizado incluyendo citar al padre de Manuel Ismael, quien, según indicó el tribunal, no habría comparecido. El tribunal también indicó que se había declarado el recurso improcedente ya que se había establecido que Manuel Ismael Salanic Chiguil había aparecido el mismo día y que existía una equivocación en la denuncia pues el nombre “del aparecido [era] Manuel Ismael Salamic Tuc”. La PDH logró además recabar información sobre el dueño del vehículo del cual, según los familiares, se bajaron los hombres armados al momento de la captura. La PDH concluyó que existía una “negativa de la autoridad a informar o explicar sobre el paradero de [Manuel Ismael Salamic Chiguil]” y que la desaparición “no pudo acaecer sino por la intervención de las autoridades o grupos paramilitares”. La PDH reactivó la investigación en 1992 cuando realizó nuevas solicitudes de información a organismos e instituciones estatales, a partir de lo cual determinó que Manuel Ismael no tenía antecedentes penales. En 1999, con la aparición del Diario Militar, el Ministerio Público le ofreció a la familia acompañamiento y atender sus necesidades de salud en una institución. 10. Carlos Guillermo Ramírez Gálvez86 86 La prueba referente a esta víctima se encuentra en: Diario Militar (expediente de anexos al Informe de Fondo, Tomo I, Anexo 11, folios 339 y 374); declaración rendida por Natalia Gálvez Soberanis ante fedatario público el 18 de abril de 2012 (expediente de documentos recibidos en la audiencia pública, folios 13061, 13062, 13064 y 13067); carta de Carlos Alberto Ramírez Pereira al Jefe de Estado, Oscar Humberto Mejía Víctores, de 15 de febrero de 1984 (expediente de anexos al Informe de Fondo, Tomo II, Anexo 63, folio 779); declaración de Jorge Alberto Ramírez Gálvez rendida ante notaria el 4 de febrero de 2005 (expediente de anexos al Informe de Fondo, Tomo II, Anexo 64, folios 782 y 783); declaración de Hugo Leonel Ramírez Gálvez rendida ante notaria el 28 de enero de 2005 (expediente de anexos al Informe de Fondo, Tomo II, Anexo 66, folios 785 y 786); denuncia de Natalia Gálvez Soberanis y Hugo Leonel Ramírez Gálvez rendidas ante el Ministerio Público el 22 de agosto de 2008 (expediente de anexos presentados por el Estado el 17 de octubre de 2008, Tomo III, folios 7178 a 7180); Providencia No. 01534 de la Secretaria General de la Jefatura de Estado de 17 de febrero de 1984 (expediente de anexos presentados por el Estado el 17 de octubre de 2008, Tomo III, folio 7106); declaración filmada de Natalia Gálvez Soberanis autenticada de 29 de marzo de 2008, (expediente de anexos presentados por los peticionarios ante la Comisión, folio 5084); AHPN, Oficio No. 03454 de 16 de febrero de 1984, GT PN 50 S010, No. 14832 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, Tomo VI, Anexo D66, folio 12089); Recurso de

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