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como que se informara a las diferentes agencias que tramitaban los casos los resultados
que se hubieran obtenido “toda vez que se tiene conocimiento de esos resultados por
información que se escucha en el ambiente” 129.
171. Posteriormente, el Ministerio Público unificó todas las denuncias en una Fiscalía que
denominó Coordinación del Diario Militar, a cargo de la Fiscalía de Delitos Administrativos, la
cual continúo con la investigación130. Entre los años 2002 y 2004 la Coordinación del Diario
Militar solicitó información sobre las víctimas desaparecidas a instituciones u oficinas
estatales, tales como el Tribunal Supremo Electoral 131, la Superintendencia de
Administración Tributaria132, el Registro Civil133 y la Policía Nacional Civil134. Asimismo, en
diciembre de 2002 se tomó la declaración de la hermana de Orencio Sosa Calderón, quien
acudió voluntariamente a la Fiscalía Especial del Ministerio Público135, y en abril de 2003 se
citó a declarar a Wendy Santizo Méndez, hija de Luz Haydée Méndez Calderón136, sin que
conste la declaración respectiva en el expediente. Además, en el 2001 la Coordinación del
Diario Militar solicitó una reunión con los dos investigadores que habían realizado “las
primeras pesquisas ministeriales en [el] caso” de Joaquín Rodas Andrade (supra párr. 169),
para darles los “lineamientos a seguir”, sin que conste en el expediente las diligencias
realizadas u ordenadas en consecuencia137.
129
Cfr. Carta del Agente Fiscal del Ministerio Público al Fiscal Especial del Ministerio Público de 18 de abril de
2000 (expediente de anexos presentados por el Estado con su escrito de 17 de octubre de 2008, Tomo III, folio
6907).
130
Cfr. Informe de la Unidad Fiscal Especial (expediente de fondo, Tomo IV, folios 1840 a 1843).
131
Cfr., inter alia, solicitudes de información de la Coordinación Diario Militar al Tribunal Supremo Electoral
respecto de 12 de las víctimas desaparecidas de 17 de septiembre de 2001, de 7 de febrero, 9, 25 y 29 de abril de
2002 (expediente de anexos presentados por el Estado con su escrito de 17 de octubre de 2008, Tomo II, folios
6451 y 6796, y Tomo III, folios 6910, 6921, 7370, 7495 y 7553), y oficios de 12 y 19 de abril de 2002 (expediente
de anexos al Informe de Fondo, Tomo III, anexo 163, folio 1187 y expediente de anexos presentados por el Estado
con su escrito de 17 de octubre de 2008, Tomo III, folio 7124 y Tomo IV, folio 7684).
132
Cfr., inter alia, solicitudes de información de la Coordinación Diario Militar a la Superintendencia de
Administración Tributaria respecto de 23 de las víctimas desaparecidas y Rudy Gustavo Figueroa Muñoz de 30 de
abril, 5, 7, 19, 20, 21 y 28 de junio, 2, 5, 9, 10 y 11 de julio de 2002 (expediente de anexos presentados por el
Estado con su escrito de 17 de octubre de 2008, Tomo II, folios 6452, 6612, 6691, 6768, 6797, 6839; Tomo III,
folios 6918, 7057, 7119, 7125, 7201, 7379, 7496, 7554; Tomo IV, folios 7623, 7687, 7786, 7951, 7995, y Tomo
V, folios 8205, 8285, 8341, 8412, 8437, y expediente de anexos al Informe de Fondo, Tomo III, Anexo 164, folio
1189).
133
Cfr., inter alia, solicitudes al Registro Civil de Guatemala de 28 de junio y 11 de septiembre de 2001, 14 y
24 de mayo, 15 de enero de 2003; solicitud al Registro Civil de Jutiapa de 15 de mayo de 2002; solicitud al
Registro Civil de San Antonio de 16 de mayo de 2002 y 8 de enero de 2003 y solicitud al Registro Civil de Pajapita
de 7 de noviembre de 2001 respecto de 11 de las víctimas desaparecidas y Rudy Gustavo Figueroa Muñoz
(expediente de anexos presentados por el Estado con su escrito de 17 de octubre de 2008, Tomo II, folios 7127,
7203, 7371; Tomo IV, folios 7689, 7799, 7949, 7997; Tomo V, folios 8269, 8343, 8414, 8418 y expediente de
anexos al Informe de Fondo, Tomo III, Anexo 161, folio 1183 y Anexo 162, folio 1185).
134
Cfr., inter alia, solicitudes de 12 de julio y 11 de septiembre de 2001 respecto de Luz Haydée Mendez
Calderón y Moisés Canales Godoy (expediente de anexos presentados por el Estado con su escrito de 17 de octubre
de 2008, Tomo III, folio 7367 y Tomo V, folio 8264).
135
Cfr. Declaración de Laurenta Marina Sosa Calderón ante el Ministerio Público de 10 de diciembre de 2002
(expediente de anexos al Informe de Fondo, Tomo I, Anexo 27, folios 511 a 514).
136
Cfr. Solicitud de citación a la Policía Nacional Civil de abril de 2003 (expediente de anexos presentados por
el Estado con su escrito de 17 de octubre de 2008, Tomo III, folio 7381).
137
Cfr. Solicitud de la Coordinación del Diario Militar al Departamento de Investigaciones Criminalísticas del
Ministerio Público de 22 de junio de 2001 (expediente de anexos presentados por el Estado con su escrito de 17 de
octubre de 2008, Tomo V, folio 8101).