100
supervisión del juez que dispuso dicha medida, a quien debe remitirse la información
obtenida380. En este sentido, el Tribunal considera que las búsquedas de las víctimas
desaparecidas por parte del Estado, ya sea a través del Grupo de Trabajo Tocantins o
de cualquier otra acción posterior o complementaria que resulte necesaria para su
localización e identificación, por ejemplo, la investigación penal ordenada en la
presente Sentencia (supra párrs. 256 y 257), deberán realizarse de manera
sistemática y rigurosa, contar con los recursos humanos y técnicos adecuados y
emplear, tomando en cuenta las normas pertinentes en la materia381, todos los medios
necesarios para localizar e identificar los restos de las víctimas desaparecidas y
entregarlos a los familiares.
C. Otras medidas de rehabilitación, satisfacción y garantías de no
repetición
1. Rehabilitación
i. Atención médica y psicológica
264. La Comisión solicitó a la Corte que ordene al Estado adoptar medidas para el
tratamiento físico y psicológico de los familiares de las víctimas desaparecidas y de la
persona ejecutada.
265. Los representantes señalaron que el Estado tiene la obligación de ofrecer
asistencia médica y psicológica gratuita a los familiares de las víctimas desaparecidas
en la Guerrilha do Araguaia, de modo que puedan acceder a un centro médico de
calidad para conseguir la asistencia necesaria, por lo que solicitaron que esta asistencia
sea realizada en centros médicos, reconocidos nacionalmente, escogidos por los
familiares y no por el Servicio Único de Salud como indica el Estado. Esta medida
deberá incluir, también, el costo de los medicamentos, a fin de que los familiares no
tengan que incurrir en gastos adicionales a los que ya tuvieron. Para ello, solicitan que
Brasil realice una evaluación médica individual de los familiares y que el tratamiento
que requieran responda a las necesidades de cada uno de ellos.
266. El Estado destacó que en la acción ordinaria presentada por los familiares en
contra de la Unión, solicitaron distintas medidas pero nunca una “reparación integral”.
No obstante, informó que existe en Brasil el Servicio Único de Salud, que permite la
universalidad de acceso a los servicios de salud en todos los niveles de asistencia.
267. La Corte considera, como lo ha hecho en otros casos382, que es necesaria una
medida de reparación que brinde una atención adecuada a los padecimientos físicos y
psicológicos sufridos por las víctimas. Por lo tanto, el Tribunal estima conveniente
disponer que el Estado brinde atención médica y psicológica o psiquiátrica gratuita y de
forma inmediata, adecuada y efectiva, a través de sus instituciones públicas de salud
380
Cfr. Caso Gomes Lund y otros (Guerrilha do Araguaia). Solicitud de Medidas Provisionales respecto
de Brasil. Resolución de 15 de julio de 2009, Considerando 10.
381
Tales como las establecidas en el Manual de Naciones Unidas sobre la Prevención e Investigación
Efectiva de Ejecuciones Extrajudiciales, Arbitrarias y Sumarias. Al respecto, cfr. Caso de la Masacre de
Mapiripán Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 15 de septiembre de 2005. Serie C No.
134, párr. 305, y Caso De la Masacre de las Dos Erres, supra nota 186, párr. 247.
382
Cfr. Caso Barrios Altos Vs. Perú. Reparaciones y Costas. Sentencia de 30 de noviembre de 2001.
Serie C No. 87, párrs. 42 y 45; Caso Rosendo Cantú y otra, supra nota 45, párr. 252, y Caso Ibsen Cárdenas
e Ibsen, supra nota 24, párr. 253.
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