residente en la ciudad de Cajazeiras84, ubicada en el interior del estado de Paraíba85, en el
Noreste de Brasil. Vivía con su padre, S.R.S. y su hermana menor, Mt.B.S., y muy cerca a la
casa de su madre, M.B.S. Constituían una familia de escasos recursos económicos 86. Márcia
Barbosa y su hermana menor, de poco más de 17 años para la fecha87, eran estudiantes.
Márcia estaba por concluir el último año de secundaria y pretendía buscar trabajo para
contribuir con la renta familiar88. Su madre realizaba servicios de limpieza en una escuela
municipal en Cajazeiras, y su padre era funcionario de la Municipalidad y taxista 89.
66.
La señora Barbosa de Souza viajó a João Pessoa, la capital de Paraíba, en noviembre
de 1997 y mayo de 1998 y se hospedó en la casa de su amiga M.S.C y su esposo U.M.S90.
Posteriormente, viajó a dicha ciudad el 13 de junio de 1998 con su hermana Mt.B.S.91, para
participar en una Convención del Partido del Movimiento Democrático Brasileño (PMDB) 92.
Luego de la Convención, la señora Mt.B.S volvió a Cajazeiras93 y Márcia Barbosa de Souza
permaneció en João Pessoa, posiblemente para buscar trabajo 94, y se hospedó en el hotelposada “Canta-Maré”95.
67.
El 17 de junio de 1998, aproximadamente a las 19 horas, la señora Barbosa de Souza
recibió una llamada del entonces diputado estatal de Paraíba, Aércio Pereira de Lima, y,
posteriormente, salió para encontrarse con él 96. A las 21 horas, en el Motel Trevo, se realizó
una llamada del celular que utilizaba el señor Pereira de Lima a un número de teléfono
residencial en la ciudad de Cajazeiras97. Durante la llamada, Márcia Barbosa de Souza conversó
con varias personas98 y una de ellas incluso habló con el señor Pereira de Lima 99.
Cfr. Certificado de defunción de Márcia Barbosa de Souza (expediente de prueba, folios 4590). Dicho
certificado de defunción caracterizó a la señora Barbosa de Souza como morena (“parda”). En su Censo, el Instituto
Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE) considera a la población brasileña, por auto declaración, blanca, negra,
amarilla, morena e indígena (“branca”, “preta”, “amarela”, “parda” e “indígena”).
85
Cfr. Informe de la autopsia médico legal, realizada el 18 de junio de 1998 (expediente de prueba, folios 34
a 46).
86
Cfr. Declaración mediante video de M.B.S., supra; Declaración rendida ante fedatario público por M.B.S,
supra; Declaración mediante video de Mt.B.S., supra; Declaración rendida ante fedatario público por Mt.B.S, supra;
Peritaje psicosocial rendido ante fedatario público (affidávit) por Gilberta Santos Soares, supra (expediente de prueba,
folio 10337), y Nota periodística del “Correio da Paraíba” de 23 de julio de 1998 (expediente de prueba, folio 282).
87
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público por Mt.B.S., supra.
88
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público por M.B.S., supra.
89
Cfr. Declaración de S.R.S., realizada el 19 de junio de 1998, en la Comisaría de Homicidios de João Pessoa
(expediente de prueba, folios 18 y 19); Certificado de defunción de Márcia Barbosa de Souza, supra, y Nota
periodística del “Correio da Paraíba”, supra.
90
Cfr. Declaración de M.S.C., realizada el 10 de agosto de 1998, en la Comisaría de Homicidios de João Pessoa
(expediente de prueba, folios 21 a 23).
91
Cfr. Declaración de S.R.S., supra.
92
Cfr. Declaración de M.S.C., supra; registro taquigráfico de la audiencia pública, realizada por la Comisión de
Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa de Paraíba el 30 de julio de 1998 (expediente de prueba, folios 4774
a 4807), y Nota periodística “PMs darão segurança a encontro do PMDB”, publicada en el Periódico Folha de São
Paulo, el 10 de junio de 1998. Disponible en: https://www1.folha.uol.com.br/fsp/brasil/fc10069816.htm.
93
Cfr. Declaración de Mt.B.S., realizada el 2 de julio de 1998, en la Comisaría de Homicidios de João Pessoa
(expediente de prueba, folios 8631 y 8632).
94
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público por Mt.B.S., supra (expediente de prueba, folios 10178 y
10182).
95
Declaración de Uilson Martins de Souza, realizada el 29 de junio de 1998, en la Comisaría de Homicidios de
João Pessoa (expediente de prueba, folio 3888).
96
Cfr. Informe final de la Comisaría de Delitos contra la Persona de 27 de agosto de 1998 (expediente de
prueba folios 5 a 8).
97
Cfr. Informe final de la Comisaría de Delitos contra la Persona, supra.
98
Cfr. Informe final de la Comisaría de Delitos contra la Persona, supra.
99
Cfr. Informe final de la Comisaría de Delitos contra la Persona, supra, y. Declaración de M.S.C., supra.
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