- 14 12.
Que la Corte considerará el estado general del cumplimiento de la Sentencia sobre
fondo, reparaciones y costas de 1 de marzo de 2005, una vez que reciba la información
pertinente sobre los puntos de las reparaciones pendientes de cumplimiento.
POR TANTO:
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
en el ejercicio de sus atribuciones de supervisión del cumplimiento de sus decisiones, de
conformidad con los artículos 33, 62.1, 62.3, 65, 67 y 68.1 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, 25.1 y 30 del Estatuto y 29.2 de su Reglamento,
DECLARA:
1.
Que de conformidad con lo señalado en el Considerando 9 de la presente Resolución,
el Estado ha dado cumplimiento total a:
a)
“Designar un día dedicado a los niños y niñas que, por diversos motivos,
desaparecieron durante el conflicto armado interno” (punto resolutivo décimo de la
Sentencia de 1 de marzo de 2005).
b)
pagar las cantidades dispuestas por reintegro de costas y gastos (punto
resolutivo decimocuarto de la Sentencia de 1 de marzo de 2005).
2.
Que de conformidad con lo señalado en el Considerando 10 de la presente
Resolución, el Estado ha dado cumplimiento parcial a:
a)
crear una página web de búsqueda de desaparecidos (punto resolutivo
séptimo de la Sentencia de 1 de marzo de 2005).
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos