3 con la posibilidad de la ocurrencia de daños irreparables a la señora Almanza, es conveniente reseñar los señalamientos que han hecho los representantes, para dar cuenta luego de los efectuados por el Estado y la Comisión y, finalmente, exponer las conclusiones de la Corte al respecto. A.1. Información y observaciones presentadas por los representantes, el Estado y la Comisión Interamericana 6. En primer término, los representantes se refirieron a hechos ocurridos con posterioridad a la Resolución de la Corte de 22 de mayo de 2013, que vincularon con la situación de riesgo en perjuicio de la beneficiaria, que a continuación se indican: a) en los meses de enero, abril, junio y octubre del año 2014 la señora Almanza fue objeto de distintos actos de intimidación, hostigamiento y amenazas. Los acontecimientos de enero fueron puestos en conocimiento de la Fiscalía de Barrancabermaja y los de abril y junio de la Fiscalía General de la Nación. Entre estos hechos se destaca que: i) el 1 de enero la señora Almanza encontró fuera de su casa una bala color amarillo en el suelo; ii) el 10 de abril del mismo año “un individuo entró al antejardín [de la beneficiaria] en horas de la noche, abrió la reja y empezó a llamarla por su nombre”; iii) el 5 de junio la señora Almanza recibió una llamada al celular pasadas las 12 de la noche en la cual la amenazaron de muerte, y iv) el 9 de octubre recibió otro mensaje de texto amenazante que hacía referencia a su trabajo en ASFADDES; b) en lo que se refiere a 2015: el 20 de junio a las 9:34 de la noche, la beneficiaria recibió un mensaje de texto intimidatorio que el cual rezaba en parte: “Muerte a los que dicen ser defensores de derechos humanos […] no son sino guerrilleros camuflados”. En lo que se refiere a 2016: i) el 22 de abril “fue dejado un sobre en […] el lugar en el cual trabaja la beneficiaria, que iba a su nombre. […Ella] lo abrió y […] v[io] un panfleto con unas imágenes de cementerios que tenía una frase que decía ‘48 horas’, dando a entender que en ese término podría terminar como en la foto”; el día 25 siguiente se presentó la denuncia ante la Fiscalía, y ii) el 21 de diciembre, la beneficiaria recibió un nuevo mensaje de texto amenazante, que fue denunciado por la beneficiaria ante las autoridades competentes, y c) en lo que se refiere a 2017: i) El 15 de enero “cerca de 20 policías que se movilizaban en 3 patrullas y 6 motocicletas” pararon a la beneficiaria sin orden judicial y exigieron que ella entregara las llaves del vehículo blindado a ellos porque estaba “gemeliado”; es decir, llevaba “placas adulteradas”. Tras conversaciones con la empresa que había provisto el vehículo (que mantenía que “todos sus papeles estaba en regla”) y la Unidad Nacional de Protección (en adelante también UNP), “los policías decidieron retirarse”. Lo grave es que los policías, sin justificación alguna, tomaron fotos de la beneficiaria, de su familia, y del vehículo blindado, sin dar explicaciones. ii) El 17 de agosto, la señora Almanza recibió una llamada en su casa a las 4:17 de la tarde por medio de la cual recibió una amenaza de muerte, lo que fue denunciado por la beneficiaria en el Departamento de Policía del Magdalena Medio al día siguiente. 7. Asimismo, los representantes en varias oportunidades han presentado distintos alegatos referidos a la situación de la señora Almanza, a saber: a) durante 2014: i) el 18 de marzo y el 12 de junio manifestaron que la señora Almanza “s[eguía] temiendo por su vida e integridad personal”, debido a “la sumatoria de intimidaciones sufridas a raíz de su labor como defensora de

Seleccionar párrafo de destino3