zona de guerra, no se podía vivir ahí, pero no obstante él desde el caserío Mázala, jurisdicción de Joateca, visitaba sus terrenos para ver cómo estaba” 274. 191. En cuanto a este elemento, el Estado no proporcionó información alguna sobre las medidas que habría adoptado para asegurar condiciones para el retorno tanto de los desplazados forzados internos como de aquellos que fueron obligados a salir a Honduras en búsqueda de refugio. Por otra parte, los diversos informes acompañados por los representantes, aún cuando el Estado les habría restado credibilidad (supra párr. 17), son contestes en cuanto a que en 1985 se encontraban en funcionamiento la Comisión Nacional para la Asistencia de Personas Desplazadas en El Salvador (CONADES) y la Comisión Nacional para la Restauración de Áreas (CONARA), así como otras iniciativas del propio Estado, de la Iglesia u organismos internacionales y no gubernamentales para brindar posibilidades de repatriación, reasentamiento y asistencia a los desplazados. Al mismo tiempo, en dichos informes se refiere dos cuestiones que habrían incidido en que muchas personas no acudieran o tuvieran miedo de solicitar asistencia a los programas estatales: por un lado, que CONADES y CONARA eran controlados o tenían nexos con los militares 275 y, por el otro, que CONADES operaba bajo un sistema de registro 276, mediante el cual exigió el acceso a determinada información que “era altamente sensible” en el contexto del conflicto armado interno salvadoreño277. 192. La falta de prueba que controvierta la inefectividad de los programas estatales, aunado a las declaraciones testimoniales de las personas desplazadas a raíz de las masacres, permiten a la Corte concluir que el Estado no adoptó medidas suficientes y efectivas para garantizar a las personas desplazadas forzadamente a raíz de las masacres de El Mozote y lugares aledaños un retorno digno y seguro a sus lugares de residencia habitual o un reasentamiento voluntario en otra parte del país. 193. En el presente caso, y según se desprende de los testimonios recibidos, han sido comprobadas situaciones de desplazamiento masivas provocadas justamente a raíz del conflicto armado y la desprotección sufrida por la población civil debido a su asimilación a la guerrilla, así como en lo que atañe al presente caso, a consecuencia directa de las masacres ocurridas entre el 11 y el 13 de diciembre de 1981 y de las circunstancias verificadas en forma concomitante como parte de la política estatal de tierra arrasada, todo lo cual provocó que los sobrevivientes se vieran obligados a huir de su país al ver su vida, 274 Declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por Juan Antonio Pereira Vigil el 2 de abril de 2012 (expediente de prueba, tomo XVII, affidávits, folios 10289 a 10291). 275 Cfr. New Issues in Refugee Research. International Center for Research on Women, Working paper No. 25: Conflict, Displacement and reintegration: household survey evidence from El Salvador, July 2000 (expediente de prueba, tomo X, anexo 9 al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, folio 6476); Uprooted: The displaced people of Central America, British Refugee Council Publication, March 1986 (expediente de prueba, tomo XI, anexo 19 al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, folios 7031 s 7032); U.S. Committee for Refugees. Aiding the Desplazados of El Salvador: The complexity of Humanitarian Assistance (expediente de prueba, tomo XIII, anexo 27 al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, folios 8653, 8654, 8657 y 8658), y Lawyers Commitee for International Human Rights and Americas Watch, El Salvador´s other victims: the war on the displaced (expediente de prueba, tomo XIV, anexo 28 al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, folios 8747 y 8768). En el mismo sentido, Peritaje rendido ante fedatario público (affidávit) por el Padre David Blanchard el 15 de abril de 2012 (expediente de prueba, tomo XVII, affidávits, folios 10346 a 10347). 276 Cfr. Uprooted: The displaced people of Central America, British Refugee Council Publication, March 1986 (expediente de prueba, tomo XI, anexo 19 al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, folio 7032), y Lawyers Commitee for International Human Rights and Americas Watch, El Salvador´s other victims: the war on the displaced (expediente de prueba, tomo XIV, anexo 28 al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, folios 8747, 8797 y 8798). 277 Cfr. Peritaje rendido ante fedatario público (affidávit) por el Padre David Blanchard el 15 de abril de 2012 (expediente de prueba, tomo XVII, affidávits, folios 10346 a 10347). 74

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