- 35 102. El 5 de agosto de 2010 el representante presentó ante la Sala Penal Permanente de la Corte
Suprema de Justicia otra solicitud de libertad provisional requiriendo que se le impusiera “un
mandado de comparecencia restringida con impedimento de salida del país, de conformidad con
[…] el numeral sexto [del artículo 523]”. Al respectó, señaló que, al ya haberse emitido la
resolución consultiva, “en el curso del procedimiento del proceso de extradición que se le sigue han
variado sustancialmente las circunstancias que lo rodearon en su inicio, lo que permite concluir que
si se encuentra en libertad no abusará de ella para huir o incumplir con las obligaciones que se le
impongan”. Por lo anterior, manifestó que “es aplicable lo establecido en el numeral noveno del
artículo 523º del Código Procesal Penal, en razón no solo al tiempo de [privación de la libertad],
sino porque [reúne] las condiciones necesarias para que se le conceda esa clase de medida”,
aunado a que dicha disposición establece “que el arrestado puede obtener su libertad provisional,
si transcurriesen los plazos legales del tratado [de extradición]”136.
103. El 19 de octubre de 2010 la Sala declaró improcedente la solicitud de libertad provisional 137.
Los cuatro jueces que votaron a favor de la improcedencia señalaron, entre otros argumentos, que
no existe un plazo legal máximo a las detenciones en procesos de extradición138. Además indicaron
que el proceso del señor Wong Ho Wing se ha dilatado en virtud de los recursos interpuestos por
su representante a nivel nacional e interamericano139. El juez José Neyra Flores agregó que “no se
ha desvanecido la probabilidad de que eluda la acción de la justicia, sino que por el contrario el
peligro de fuga es mayor, por cuanto, la Sala Penal Permanente [ya] declaró […] procedente la
solicitud de extradición […], más aún, si el trámite de lo ordenado en dicha resolución judicial se
encuentra suspendido o pendiente de ejecución”, en cumplimiento de las medidas provisionales
ordenadas por la Corte Interamericana140. Por otra parte, los jueces disidentes señalaron que
resultaba procedente conceder la libertad provisional al señor Wong Ho Wing en vista que a la
fecha no existía peligro de fuga. Además, tomaron en cuenta el tiempo que la presunta víctima
llevaba detenida141.
104. Tras la decisión del Tribunal Constitucional que ordenó al Poder Ejecutivo abstenerse de
extraditar al señor Wong Ho Wing (supra párr. 83), el 5 de octubre de 2011 su representante
solicitó a la Sala Penal Permanente la “libertad inmediata sin ningún tipo de restricciones” 142. El 10
de octubre de 2011 la Sala Penal declaró que dicha solicitud se debía “ha[cer] valer […] ante la
instancia que corresponda”143. El 18 de octubre el representante presentó dicha solicitud ante el
Séptimo Juzgado Penal del Callao144.
136
Solicitud de libertad provisional de 5 de agosto de 2010 (expediente de prueba, folio 227).
137
Cfr. Auto de 19 de octubre de 2010 (expediente de prueba, folio 263).
138
Cfr. Voto del señor Juez Supremo doctor José Antonio Neyra Flores de 13 de octubre de 2010 (expediente de prueba,
folios 1608 a 1611); Voto de los señores José Luis Lecaros Cornejo y Jorge Calderón Castillo de 10 de septiembre de 2010
(expediente de prueba, folio 1598), y Voto del señor Juez Santa María Morillo de 30 de septiembre de 2010 (expediente de
prueba, folio 1601).
139
Cfr. Voto del señor Juez Supremo doctor José Antonio Neyra Flores de 13 de octubre de 2010 (expediente de prueba,
folios 1608 a 1611); Voto de los señores José Luis Lecaros Cornejo y Jorge Calderón Castillo de 10 de septiembre de 2010
(expediente de prueba, folio 1598), y Voto del señor Juez Santa María Morillo de 30 de septiembre de 2010 (expediente de
prueba, folio 1602).
140
Cfr. Voto del señor Juez Supremo doctor José Antonio Neyra Flores de 13 de octubre de 2010 (expediente de prueba,
folios 1608 a 1611).
141
Cfr. Voto de los señores San Martín Castro, Prado Saldarriaga y Príncipe Trujillo de 10 de septiembre de 2010 (expediente
de prueba, folios 1593 y 1594).
142
Solicitud de 5 de octubre de 2011 (expediente de prueba, folio 2724).
143
Auto de la Sala Penal Permanente de 10 de octubre de 2011 (expediente de prueba, folio 304).
144
Cfr. Solicitud de 18 de octubre de 2011 (expediente de prueba, folio 306).