- 37 improcedente el recurso de hábeas corpus ya que no se advertía “lesión alguna al derecho
constitucional del favorecido”153.
109. El 26 de abril de 2013 el representante presentó una sexta demanda de hábeas corpus
“solicitando [que] se orden[e] la inmediata libertad y sin ninguna clase de restricciones de[ Wong
Ho Wing]”154. El 24 de octubre de 2014 el juzgado correspondiente consideró improcedente la
demanda, tomando en cuenta que ya se había variado la privación de libertad a arresto
domiciliario, así como que “la decisión de dar libertad definitiva al favorecido se encuentra
sometida en la actualidad [a la Corte Interamericana, por lo que existe litispendencia]” 155.
110. El 20 de noviembre de 2013 el señor Wong Ho Wing solicitó la variación del arresto
provisorio156.
111. El 24 de enero de 2014 el representante presentó un escrito ante el Tribunal Constitucional
solicitando que éste “reali[zara] los requerimientos necesarios a las autoridades correspondientes a
fin de que se archiven definitivamente el proceso de extradición en curso contra Wong Ho Wing y
ordenen su inmediata libertad con la devolución de su pasaporte y demás documentos
personales”157. El 27 de enero de 2014 se ordenó devolver el escrito “al recurrente para que, de
ser el caso, lo h[iciera] valer en la vía legal correspondiente”158.
112. El 10 de marzo de 2014 el Séptimo Juzgado Penal resolvió la solicitud de variación del
arresto provisorio a favor del señor Wong Ho Wing (supra párr. 110), señalando que “la ausencia
de un plazo máximo expresamente establecido para la figura del arresto provisorio con fines de
extradición resulta incompatible con el principio de previsibilidad, asimismo, resulta contraria al
artículo 7.5 de la Convención Americana”159. Además, señaló que:
[N]o resulta razonable que en un proceso de extradición pasiva como en el presente caso una
persona pueda estar sufriendo carcelería por más allá del tiempo máximo que [la] normal
procesal ha establecido para un proceso penal ordinario, más aún si en el proceso de extradición
como en el presente caso no existe mayor actividad probatoria, no se encuentran comprendidos
una pluralidad de agentes o una pluralidad de víctimas160.
113. El Juzgado concluyó que “el señor Wong Ho Wing se enc[ontraba] privado de su libertad
individual más allá de un tiempo razonable, […] por lo que, correspond[ía] […] imponerle una
medida restrictiva de [l]ibertad menos severa pero que garantice su permanencia en el país hasta
que el Poder Ejecutivo en última instancia se pronuncie de manera definitiva sobre el pedido de
extradición”161. El Juzgado ordenó la “comparecencia restringida bajo la modalidad de arresto
153
Decisión del Trigésimo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima de 30 de mayo de 2012 (expediente de prueba, folios
6443 a 6448).
154
Demanda de Hábeas Corpus de 26 de abril de 2013 (expediente de prueba, folio 6086).
155
Sentencia del 33° Juzgado Penal de 24 de octubre de 2014 (expediente de prueba, folios 8538 y 8539).
156
Cfr. Escrito del representante de 20 de noviembre de 2013 (expediente de prueba, folio 6450).
157
Escrito de 24 de enero de 2014 (expediente de prueba, folio 6118).
158
Oficio del Secretario Relator del Tribunal Constitucional de de 27 de enero de 2014 (expediente de prueba, folio 8545).
159
Resolución del Séptimo Juzgado Penal del Callao de 10 de marzo de 2014 (expediente de prueba, folio 6459).
160
Resolución del Séptimo Juzgado Penal del Callao de 10 de marzo de 2014 (expediente de prueba, folio 6463).
161
Resolución del Séptimo Juzgado Penal del Callao de 10 de marzo de 2014 (expediente de prueba, folio 6463).