- 37 improcedente el recurso de hábeas corpus ya que no se advertía “lesión alguna al derecho constitucional del favorecido”153. 109. El 26 de abril de 2013 el representante presentó una sexta demanda de hábeas corpus “solicitando [que] se orden[e] la inmediata libertad y sin ninguna clase de restricciones de[ Wong Ho Wing]”154. El 24 de octubre de 2014 el juzgado correspondiente consideró improcedente la demanda, tomando en cuenta que ya se había variado la privación de libertad a arresto domiciliario, así como que “la decisión de dar libertad definitiva al favorecido se encuentra sometida en la actualidad [a la Corte Interamericana, por lo que existe litispendencia]” 155. 110. El 20 de noviembre de 2013 el señor Wong Ho Wing solicitó la variación del arresto provisorio156. 111. El 24 de enero de 2014 el representante presentó un escrito ante el Tribunal Constitucional solicitando que éste “reali[zara] los requerimientos necesarios a las autoridades correspondientes a fin de que se archiven definitivamente el proceso de extradición en curso contra Wong Ho Wing y ordenen su inmediata libertad con la devolución de su pasaporte y demás documentos personales”157. El 27 de enero de 2014 se ordenó devolver el escrito “al recurrente para que, de ser el caso, lo h[iciera] valer en la vía legal correspondiente”158. 112. El 10 de marzo de 2014 el Séptimo Juzgado Penal resolvió la solicitud de variación del arresto provisorio a favor del señor Wong Ho Wing (supra párr. 110), señalando que “la ausencia de un plazo máximo expresamente establecido para la figura del arresto provisorio con fines de extradición resulta incompatible con el principio de previsibilidad, asimismo, resulta contraria al artículo 7.5 de la Convención Americana”159. Además, señaló que: [N]o resulta razonable que en un proceso de extradición pasiva como en el presente caso una persona pueda estar sufriendo carcelería por más allá del tiempo máximo que [la] normal procesal ha establecido para un proceso penal ordinario, más aún si en el proceso de extradición como en el presente caso no existe mayor actividad probatoria, no se encuentran comprendidos una pluralidad de agentes o una pluralidad de víctimas160. 113. El Juzgado concluyó que “el señor Wong Ho Wing se enc[ontraba] privado de su libertad individual más allá de un tiempo razonable, […] por lo que, correspond[ía] […] imponerle una medida restrictiva de [l]ibertad menos severa pero que garantice su permanencia en el país hasta que el Poder Ejecutivo en última instancia se pronuncie de manera definitiva sobre el pedido de extradición”161. El Juzgado ordenó la “comparecencia restringida bajo la modalidad de arresto 153 Decisión del Trigésimo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima de 30 de mayo de 2012 (expediente de prueba, folios 6443 a 6448). 154 Demanda de Hábeas Corpus de 26 de abril de 2013 (expediente de prueba, folio 6086). 155 Sentencia del 33° Juzgado Penal de 24 de octubre de 2014 (expediente de prueba, folios 8538 y 8539). 156 Cfr. Escrito del representante de 20 de noviembre de 2013 (expediente de prueba, folio 6450). 157 Escrito de 24 de enero de 2014 (expediente de prueba, folio 6118). 158 Oficio del Secretario Relator del Tribunal Constitucional de de 27 de enero de 2014 (expediente de prueba, folio 8545). 159 Resolución del Séptimo Juzgado Penal del Callao de 10 de marzo de 2014 (expediente de prueba, folio 6459). 160 Resolución del Séptimo Juzgado Penal del Callao de 10 de marzo de 2014 (expediente de prueba, folio 6463). 161 Resolución del Séptimo Juzgado Penal del Callao de 10 de marzo de 2014 (expediente de prueba, folio 6463).

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