-68admitió la demanda de parte civil presentada por la representante legal de Emedelia Palacios
Palacios –viuda de Marino López-349.
164. El 9 de julio de 2003 el Director Seccional de Fiscalías, mediante resolución No. 0105,
resolvió “asignar el conocimiento de los hechos relacionados con el homicidio del señor Marino
López, ocurridos en operaciones de bombardeos por parte de presuntos miembros de las
autodefensas a la población de Riosucio para los días 27 y 28 de febrero de 1997, a la Fiscalía
15 de Riosucio”350.
165. El 20 de octubre de 2005 el Fiscal General de la Nación, mediante resolución 0-3760,
asignó provisionalmente la investigación a una Comisión Especial de Urabá Antioqueño y
Chocoano351.
166. El 25 de enero de 2006, mediante resolución No. 0-0121, la FGN asignó la investigación
al Fiscal Delegado ante los Jueces Penales del Circuito especializado que por reparto
correspondiera, adscrito a la UNDH-DIH, con sede en la ciudad de Bogotá352.
167. El Estado informó, sin que fuera controvertido, que el 9 de febrero de 2007 la Policía
Judicial subscribió el acta de la inspección técnica al cadáver de quien en vida correspondía a
Marino López Mena353. Luego de los exámenes de identificación genéticos, los restos óseos de
Marino López fueron entregados el 12 de febrero a sus familiares354. El 9 de abril de 2007,
mediante Resolución 000059 de la UNDH-DIH, se reasignó el caso al Fiscal 14 como
responsable de esta investigación355.
168. El 26 de diciembre de 2008 el Fiscal 14 de la UDH-FGN declaró la apertura de la
instrucción de la investigación y ordenó escuchar en indagatoria a Luis Muentes Mendoza, Fredy
Rendón Herrera, Diego Luis Hinestroza Moreno y Marino Mosquera Fernández, paramilitares
desmovilizados acogidos a la ley 975, de “Justicia y Paz”, de 2005356.
169. El 29 de agosto de 2008 fueron escuchados en diligencia de Indagatoria Luis Muentes y
Diego Luis Hinestroza357. El 3 de septiembre de 2008, el Fiscal de Conocimiento resolvió la
349
Cfr. Informe presentado por el Estado con información completa y actualizada sobre el estado actual de las
investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero de 2013 (Expediete de prueba, folio 15490). Véase
también: Nota del Ministerio de Relaciones Exteriores de 27 de agosto de 2009 (expediente de prueba, folio 7637).
350
Resolución No. 0105 de 9 de julio de 2003 del Director Seccional de Fiscalías de Quidbó (expediente de prueba,
folio 9879).
351
9885).
Cfr. Resolución No. 0-3760. Fiscalía General de la NacióN° 20 de octubre de 2005 (expediente de prueba, folio
352
Cfr. Informe presentado por el Estado con información completa y actualizada sobre el estado actual de las
investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero de 2013 –dice 02/02/06- (expediente de prueba,
folio 15485). Asimismo, Fiscalía, Resolución de Acusación, Proceso del Radicado 2332, con fecha de 25 de enero
(expediente de prueba, folio 17599).
353
Cfr. Informe presentado por el Estado con información completa y actualizada sobre el estado actual de las
investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero de 2013. En este Informe, se hace referencia a que
en fecha 9 de febrero de 2007 se practicó una Diligencia de inspección judicial a las instalaciones del Instituto Nacional
de Medicina Legal de la ciudad de Medellín (expediente de prueba, folio 15483).
354
Cfr. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Formato de entrega o disposición final de cadáver
sometido a necropsia médico-legal, Regional Noroccidente – Seccional Antioquía. Nombre del fallecido: Marino López
Mena, Certificado de defunción: A2480708 (expediente de prueba, folio 17311).
355
Cfr. Informe presentado por el Estado con información completa y actualizada sobre el estado actual de las
investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero de 2013 (expediente de prueba, folio 15485).
356
Cfr. Fiscalía General de la NacióN° Resolución de Acusación en contra del General Retirado Rito Alejo del Río.
Proceso 2332 (expediente de prueba, folio 8898). Véase también: Informe presentado por el Estado con información
completa y actualizada sobre el estado actual de las investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero
de 2013 (expediente de prueba, folio 15485).
357
Cfr. Resolución de la Fiscalía General de la Nación Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho
Internacional Humanitario de Bogotá. 3 de septiembre de 2008 (expediente de prueba, folio 9901). Véase también:
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