-4penal interno, quien declarará sobre la investigación desarrollada por el Ministerio Público en relación con la muerte de los señores Robert Ignacio Díaz Loreto, David Octavio Díaz Loreto y Octavio Ignacio Díaz Álvarez; el desarrollo del proceso penal y la participación de la referida organización y los familiares de las presuntas víctimas en su búsqueda de justicia. 2. Requerir al perito convocado a declarar en audiencia que, de considerarlo conveniente, aporte una versión escrita de su peritaje, a más tardar el 11 de enero de 2019. 3. Requerir al Estado que facilite la salida y entrada de su territorio de los declarantes, si residen o se encuentran en él, quienes han sido citados en la presente Resolución a rendir declaración durante la referida audiencia pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 del Reglamento de la Corte. 4. Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad con el principio de economía procesal y de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten sus declaraciones ante fedatario público (afidávit): A. Presuntas víctimas (propuestos por los representantes) 1) Miguel Ángel Díaz Loreto, 2) Bladimir Lenin Díaz Loreto y 3) Jairo Alexis Díaz Loreto, quienes declararán sobre los hechos en los que falleció su padre Octavio Díaz Álvarez y sus hermanos Robert Ignacio Díaz Loreto y David Octavio Díaz Loreto; el impacto que sus muertes generaron en su vida y en su entorno familiar; las secuelas emocionales y físicas que habrían sufrido como consecuencia de los hechos; las supuestas afectaciones a su proyecto de vida; y las supuestas amenazas y hostigamientos de los que fueron objeto con posterioridad a su muerte. 4) Arianna Leaneth Díaz Doubain, hija de David Octavio Díaz Loreto y quien era menor de edad al momento de los hechos, declarará sobre el supuesto impacto en su proyecto de vida y las consecuencias de no haber crecido junto a su padre. B. Testigos (propuestos por el Estado) 1) Pablo Fernández Blanco, quien se desempeña como Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Policía, previamente formó parte de la organización Red de Apoyo por la Justicia y la Paz y participó durante el proceso de reforma policial desarrollado en Venezuela, y declarará sobre las diversas medidas adoptadas por el Estado para la implantación del nuevo modelo policial en Venezuela, incluyendo las iniciativas de formación en materia de derechos humanos para funcionarios policiales, las medidas para asegurar la efectiva rendición de cuentas en casos de presunto abuso de poder por parte de agentes policiales, así como sobre las medidas legislativas, administrativas y de otra índole para asegurar la necesidad y proporcionalidad del uso letal de la fuerza por parte de funcionarios policiales. 2) Gregoria Josefina Medina, quien se desempeñó como Fiscal 9° del estado Aragua durante los hechos del presente caso, declarará sobre la investigación desarrollada por el Ministerio Público en relación con la muerte de los señores

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