RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 9 DE JULIO DE 2009 MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE VENEZUELA ASUNTO LILIANA ORTEGA Y OTRAS VISTO: 1. La Resolución que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 27 de noviembre de 2002, mediante la cual resolvió, inter alia: 1. Requerir al Estado que adopt[ara], sin dilación, cuantas medidas sean necesarias para proteger la vida e integridad personal de Liliana Ortega, Yris Medina Cova, Hilda Páez [Gilda Páez], Maritza Romero, Aura Liscano [Lizcano], Alicia de González y Carmen Alicia Mendoza, todas integrantes de la organización no gubernamental Comité de Familiares de Víctimas de los sucesos de Febrero-Marzo de 1989 (COFAVIC). 2. Requerir al Estado que d[iera] participación a los peticionarios en la planificación e implementación de las medidas de protección y que, en general, los mant[uviera] informados sobre el avance de las medidas dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 3. Requerir al Estado que investig[ara] los hechos denunciados que dieron origen a las presentes medidas con la finalidad de descubrir a los responsables y sancionarlos. 2. Las Resoluciones de la Corte del 21 de febrero de 2003, 2 de diciembre de 2003 y 4 de mayo de 2004, mediante las cuales declaró, inter alia, que el Estado “no ha[bía] implementado efectivamente las medidas provisionales” y se reiteraron dichas medidas en favor de las beneficiarias. 3. La Resolución que emitió el Tribunal el 1 de marzo de 2005, en la cual resolvió: 1. Levantar las medidas provisionales ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos humanos a favor de las señoras Yris Medina Cova y Carmen Alicia Mendoza, mediante su Resolución de 27 de noviembre de 2002 y reiteradas en sus Resoluciones de 21 de febrero de 2003, 2 de diciembre de 2003 y 4 de mayo de 2004.

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