13 Rafael Castillo Páez en los alrededores del Parque Central del Grupo 17, Segundo Sector, Segunda Zona del Distrito de Villa El Salvador. El señor Castillo Páez vestía con pantalón oscuro, camisa blanca y llevaba una casaca beige y fue identificado por varios testigos (Testimonios de Cronwell Pierre Castillo Castillo, Jueza Elba Minaya Calle, Joe Roberto Ruiz Huapaya y María Elena Castro Osorio; declaración de María Esther Aguirre Vera en el vídeo aportado como Anexo XII de la demanda); d. del vehículo patrullero bajaron dos policías vestidos con uniforme verde y con boina roja. Uno de ellos detuvo a Ernesto Rafael Castillo Páez, quien no opuso resistencia, y pocos minutos después fue introducido en la maletera del vehículo patrullero (Testimonios de Joe Roberto Ruiz Huapaya, Jueza Elba Minaya Calle y María Elena Castro Osorio; declaración de María Esther Aguirre Vera en el vídeo aportado como Anexo XII de la demanda); e. poco después llegó al lugar de la detención otro vehículo policial y los policías intercambiaron palabras. El segundo vehículo partió del lugar y luego el que llevaba al señor Castillo Páez salió con rumbo desconocido. Estos hechos duraron aproximadamente diez minutos (Demanda; testimonios Joe Roberto Ruiz Huapaya, Jueza Elba Minaya Calle y María Elena Castro Osorio; declaración de María Esther Aguirre Vera en el vídeo aportado como Anexo XII de la demanda); f. los padres del señor Castillo Páez iniciaron su búsqueda y, al no encontrarlo en las diversas dependencias policiales, realizaron las gestiones judiciales pertinentes para localizarlo (Testimonios de Cronwell Pierre Castillo Castillo, Jueza Elba Minaya Call y Augusto Zúñiga Paz); g. el 25 de octubre de 1990 el padre de Ernesto Rafael Castillo Páez, Cronwell Pierre Castillo Castillo, interpuso un recurso de hábeas corpus en su favor ante el Vigésimo Cuarto Juzgado del Distrito Judicial de Lima el cual declaró fundada la acción el 31 de octubre de 1990 con base en las pruebas encontradas y en una serie de irregularidades descubiertas en el procedimiento que obstaculizaron la investigación (Resolución de 31 de octubre de 1990 del Vigésimo Cuarto Juzgado de Instrucción, Anexo II de la demanda; testimonios de Jueza Elba Minaya Calle, Cronwell Pierre Castillo Castillo y Augusto Zúñiga Paz). Dicha resolución fue apelada por el Procurador Público para Asuntos de Terrorismo ante el Octavo Tribunal Correccional de Lima. El 27 de noviembre de 1990, este Tribunal declaró improcedente la apelación, confirmó la resolución de primera instancia y ordenó la remisión de los documentos necesarios para formular la denuncia penal correspondiente (Sentencia de 27 de noviembre de 1990 del Octavo Tribunal Correccional de Lima, Anexo III de la demanda; testimonios de Jueza Elba Minaya Calle, Cronwell Pierre Castillo Castillo y Augusto Zúñiga Paz); h. sobre la base de la resolución de la acción de hábeas corpus, se tramitó un proceso ante el Décimo Cuarto Juzgado Penal del Distrito Judicial de Lima por el delito de abuso de autoridad contra varios oficiales de la Policía, institución adscrita al Ministerio del Interior, y supuestamente involucrados en la desaparición del señor Castillo Páez. Por sentencia del 19 de agosto de 1991, dicho Juzgado Penal concluyó que de los autos presentados había quedado acreditado que Ernesto Rafael Castillo Páez fue detenido por un vehículo de la Policía Nacional del Perú, en horas de la

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