30 111. El 18 de abril de 2008 la Fiscalía solicitó la realización de una audiencia de reconstrucción de los hechos, la cual fue efectuada el 4 de junio de 2008 con la participación de una juez, dos fiscales, los tres imputados, la defensora privada, el señor Ignacio Landaeta y una secretaria 138. 112. El 15 de diciembre de 2008 la Fiscalía presentó acusación contra los agentes policiales FABP, CARM y CARA por el delito de homicidio intencional calificado en grado de complicidad correspectiva. De acuerdo con la Fiscalía, los imputados simularon haber sido interceptados mientras trasladaban a Eduardo Landaeta 139. 113. El 4 de mayo de 2009 el Tribunal fijó la celebración de la apertura del debate oral y público para el 15 de junio de 2009 140. No obstante, en virtud de 12 retrasos y reprogramaciones 141, el debate dio inicio el 31 de enero de 2011 142. 114. Durante el transcurso de los meses de enero a diciembre de 2011, el Tribunal realizó 25 audiencias para recepción de prueba y alegatos de las partes 143. 115. El 16 de diciembre de 2011 el Tribunal emitió su sentencia, en la cual decidió absolver a los tres imputados. En consecuencia, el 16 de marzo de 2012, la Fiscalía interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia dictada en primera instancia, debido a la falta de motivación de la misma y por causa de vicios en ciertas notificaciones 144. 116. El 30 de octubre de 2012 la Corte de Apelaciones resolvió anular la sentencia recurrida y ordenar la celebración de un nuevo juicio oral al considerar que el Tribunal de primera instancia prescindió de las declaraciones de seis personas promovidas oportunamente por el Ministerio Público sin que el juez a quo emitiera razonamiento alguno para la prescindencia de los referidos testimonios 145. La Corte carece de información adicional y actualizada al respecto. 138 Cfr. Oficio 05FT-0188-08 de 18 de abril de 2005 (anexos a la contestación, folio 8017 y 8020), y acta de reconstrucción de hechos de 4 de junio de 2008 (anexos a la contestación, folio 8061). 139 Cfr. Acusación de la Fiscalía de 15 de diciembre de 2008 (anexos a la contestación, folios 8097 y 8128). 140 Cfr. Auto de 4 de mayo de 2009 (anexos a la contestación, folio 8206). 141 Cfr. Constancia de 10 de noviembre de 2009 donde se indica que no se realizó la audiencia porque no hubo despacho (anexos a la contestación, folio 8234); constancia de 14 de diciembre de 2009 donde se indica que no se realizó la audiencia por la incomparecencia del Fiscal (anexos a la contestación, folio 8247); constancia de 8 de febrero de 2010 donde se fijó nueva fecha para el 17 de marzo de 2010 (anexos a la contestación, folio 8262); constancia de 19 de marzo de 2010 donde se indica que no se realizó la audiencia porque no hubo despacho (anexos a la contestación, folio 8273); constancia de 29 de marzo de 2010 donde se indica que no se realizó la audiencia porque el Tribunal se encontraba realizando otros actos de continuación de Juicios (anexos a la contestación, folio 8275); constancia de 17 de junio de 2010 donde se indica que no se realizó la audiencia porque no hubo despacho (anexos a la contestación, folio 8298); constancia de 16 de julio de 2010 donde se indica que no se realizó la audiencia porque no comparecieron los acusados (anexos a la contestación, folio 8314); constancia de 24 de septiembre de 2010 donde se indica que no se realizó la audiencia porque la defensa manifestó estar indispuesta por motivos de salud (anexos a la contestación, folio 8332); constancia de 24 de septiembre de 2010 donde se indica que no se realizó la audiencia debido a la cantidad de continuaciones de juicios a celebrarse ese día (anexos a la contestación, folio 8347); constancia de 15 de noviembre de 2010 donde se indica que no se realizó la audiencia porque no compareció la defensa de los acusados (anexos a la contestación, folio 8363), y constancia de 9 de diciembre de 2010 donde se indica que no se realizó la audiencia porque no compareció la defensa de los acusados (anexos a la contestación, folio 8371). 142 Cfr. Acta del Tribunal de Primera Instancia de apertura del debate oral y público de 31 de enero de 2011 (anexos a la contestación, folio 8398). 143 Cfr. Actas de debate oral y público de 31 de enero; 10 y 21 de febrero; 10 y 25 de marzo; 7 y 26 de abril; 3, 17 y 31 de mayo; 16 de junio; 8 y 25 de julio; 4 de agosto; 27 de septiembre; 4 y 17 de octubre; 1, 15 y 28 de noviembre, y 9, 12, 15 y 16 de diciembre de 2011 (anexos a la contestación, folios 8398, 8411, 8423, 8453, 8475, 8506, 8565, 8600, 8649, 8700, 8730, 8740, 8752, 8772, 8796, 8809, 8821, 8855, 8860, 8871, 8881, 8888, 8896 y 8911). 144 Cfr. Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 16 de diciembre de 2011 (anexos a la contestación, folios 8973 y 8974), y Recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía el 16 de marzo de 2012 (anexos a la contestación, folios 9042 a 9047). 145 Cfr. Sentencia de la Corte de Apelaciones de 30 de octubre de 2012 (expediente de fondo, folios 927, 930 y 931).

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