El Estado de Argentina ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos el 5 de septiembre de 1984 y aceptó la competencia contenciosa de la Corte en la misma fecha. La Comisión ha designado al Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva y al Secretario Ejecutivo Paulo Abrão como sus delegados. Asimismo, Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta y Silvia Serrano Guzmán y Paulina Corominas abogadas de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH, actuarán como asesoras legales. De conformidad con el Artículo 35 del Reglamento de la Corte Interamericana, la Comisión adjunta copia del Informe de Fondo Nº 2/12 elaborado en observancia del artículo 50 de la Convención, así como copia de la totalidad del expediente ante la Comisión Interamericana (Apéndice I) y los anexos utilizados en la elaboración del informe 2/12 (Anexos). Dicho informe de fondo fue notificado al Estado de Argentina mediante comunicación de 26 de marzo de 2012, otorgándole un plazo de dos meses para informar sobre el cumplimiento de las recomendaciones. En la etapa posterior a la notificación del Informe de Fondo Nº 2/12 y hasta la fecha, la Comisión ha otorgado 22 prórrogas al Estado argentino para el cumplimiento de las recomendaciones. Durante el lapso de aproximadamente seis años transcurrido desde dicha notificación, la CIDH ha venido realizando un seguimiento cercano al cumplimiento de las recomendaciones y a la voluntad expresada por las partes de dialogar hacia la eventual firma de un acuerdo de cumplimiento de las recomendaciones. En el marco de dicho seguimiento, la Comisión utilizó múltiples mecanismos, teniendo en cuenta las complejidades propias del cumplimiento de las recomendaciones del informe de fondo y su naturaleza. Así, además de la intensa tramitación escrita en esta etapa, la Comisión efectuó visitas al terreno y celebró diversas reuniones de trabajo, tanto en el marco de sus periodos de sesiones, como a través del apoyo técnico y mediación de Relatores y de personal de la Secretaría Ejecutiva. En este periodo se registraron algunos avances en el cumplimiento de ciertas recomendaciones, los cuales se encuentran referidos en detalle en el expediente posterior a la notificación del Informe de Fondo Nº 2/12, el cual, como se indicó, será remitido conjuntamente con los Anexos de dicho informe. Sin embargo, a pesar de tales avances y de la voluntad manifestada por ambas partes de avanzar hacia un acuerdo de cumplimiento de recomendaciones, a lo largo de los últimos seis años, los peticionarios han expresado reiteradamente, que el Estado no está implementando medidas efectivas de cumplimiento. La Comisión celebró una reunión de trabajo con las partes el 25 de octubre de 2017, en el marco del 165 Período Ordinario de Sesiones, y otorgó una última prórroga al Estado el 1 de noviembre de 2017, frente a la propuesta que se recibió de las partes para que el Estado presentara un proyecto detallado de cumplimiento de las medidas. Si bien el Estado presentó dicho proyecto y los peticionarios formularon algunas observaciones al mismo, de la información disponible se desprende que las medidas propuestas por el Estado sólo ofrecen perspectivas de implementación en un largo período de tiempo. Pese a dichos esfuerzos, las extensas prórrogas otorgadas y las iniciativas adelantadas por la Comisión para explorar las diferentes posibilidades de lograr un cumplimiento eficaz; el Estado argentino no ha logrado dicho cumplimiento y, a la fecha, no se cuenta con expectativas de implementación de las medidas de reparación en un plazo razonable. 2

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