crónicas o terminales no deben permanecer en establecimientos carcelarios, salvo cuando los Estados puedan asegurar que tienen unidades adecuadas de atención médica para brindarles una atención y tratamiento especializado adecuados, que incluya espacios, equipo y personal calificado (de medicina y enfermería). Asimismo, en tal supuesto, el Estado debe suministrar alimentos adecuados y las dietas establecidas para cada caso respecto de personas que padecen ese tipo de enfermedades. Los procesos de alimentación deben ser controlados por el personal del sistema penitenciario, de conformidad con la dieta prescrita por el personal médico, y bajo los requerimientos mínimos establecidos para el respectivo suministro. En cualquier caso, y más aún si la persona está evidentemente enferma, los Estados tienen la obligación de asegurar que se mantenga un registro o expediente sobre el estado de salud y tratamiento de toda persona que ingresa en un centro de privación de libertad, ya sea en el propio lugar o en los hospitales o centros de atención donde vaya a recibir el tratamiento. 185. En este caso corresponde determinar si el Estado proporcionó el tratamiento debido a la presunta víctima de forma efectiva, adecuada, continua y por personal médico capacitado, incluida la provisión de medicamentos y alimentación requeridos, ya sea dentro o fuera del centro penitenciario, respecto de aquel conjunto de enfermedades o padecimientos y a lo largo del tiempo en que estuvo recluida. Asimismo, corresponde determinar si el Estado adoptó las medidas adecuadas cuando su salud se deterioró. 186. La presunta víctima padecía diabetes mellitus, enfermedad que requería de un tratamiento y dieta específicos. Asimismo, varias otras enfermedades o padecimientos sufridos por la señora Chinchilla tenían relación con la evolución de dicha enfermedad, en particular los relacionados con hipertensión arterial, enfermedad arterioesclerótica oclusiva y retinopatía diabética284, lo cual es consistente con lo señalado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con la descripción de los efectos de la enfermedad “diabetes”285. La OMS ha indicado que “[l]a hipertensión y la diabetes están estrechamente vinculadas, y no se puede controlar adecuadamente una de estas afecciones sin atender la otra”286. 187. La OMS ha indicado que el tratamiento para la enfermedad de la diabetes “consiste en la reducción de la glicemia y de otros factores de riesgo conocidos que dañan los vasos sanguíneos. […]”. Entre las intervenciones que “son factibles y económicas en los países en desarrollo” la OMS indica que se debe realizar: i) control moderado de la glucemia; ii) control de la tensión arterial; iii) cuidados podológicos; iv) pruebas de 284 La declaración del médico forense del organismo judicial de 29 de agosto de 2003 sostiene a su vez que el deterioro en el estado de salud se debía en lo fundamental a que “[padece] […]DIABETES MELLITUS” y se habían “presentado todas las complicaciones que esta enfermedad presenta,[las cuales son] hipertensión arterial, […]enfermedad arterioesclerótica oclusiva del miembro inferior izquierdo, […]retinopatía diabética, también el hecho que ya sufrió amputación del miembro inferior derecho […]”. Asimismo, el Coordinador de Servicios Médicos del Sistema Penitenciario explicó que la señora Chinchilla requería Insulina Sub-cutánea para su problema diabético “que es la causa de todo el problema metabólico que ella padece”. 285 Señala que el efecto de la evolución de la diabetes no controlada es la hiperglucemia “que con el tiempo daña gravemente muchos órganos y sistemas, especialmente, los nervios y los vasos sanguíneos”. Entre estas afectaciones se encuentran: “úlceras de pies que pueden desembocar en gangrena y amputación”; “la retinopatía diabética […], causa importante de ceguera”; “insuficiencia renal”; “neuropatía diabética”; riesgo de muerte “al menos dos veces mayor que en las personas sin diabetes”. Ver: Organización Mundial de la Salud, Diabetes. Nota descriptiva No. 312. Enero de 2015. Disponible en: http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs312/es/index.html 286 Organización Mundial de la Salud, Información General sobre la Hipertensión en el Mundo, Día Mundial de la Salud 2013, Pág. 24. Disponible en: http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/87679/1/WHO_DCO_WHD_2013.2_spa.pdf?ua=1 61

Seleccionar párrafo de destino3