5 Asimismo, señalaron que el beneficiario había interpuesto dos denuncias, una en el mes de febrero de 2014 por amenazas por parte del señor IP, la cual se ventila ante la Fiscalía de Derechos Humanos de Tegucigalpa, y otra en el mes de agosto de 2014, por un secuestro presuntamente acaecido el 9 de agosto de 2014 en la ciudad de Tela. En dicha ocasión, varios sujetos armados habrían secuestrado al señor Dencen Andino por varias horas y manifestado: “te andamos buscando, nos mandaron a conocerte, a vos lo único que te ha salvado es que no has quemado a nadie” 4. Los representantes indicaron que la esposa del beneficiario acudió a la policía tras notar que su esposo no había regresado de la ciudad de Tela, sin embargo, la policía no inició su búsqueda. En respuesta a lo sucedido, el Estado únicamente ha manifestado que la denuncia interpuesta por el señor Dencen Andino el 11 de agosto de 2014 fue remitida al Ministerio Público con el objeto de llevar a cabo las diligencias respectivas. Por otra parte, señalaron que el 15 de agosto de 2014 el beneficiario recibió una llamada de una persona que supuestamente era funcionaria del Ministerio Público, la cual le requirió su nombre completo y el de su esposa. Posteriormente, en el Ministerio Público le manifestaron que no habían hecho tal llamada. 10. Respecto a la concertación de las presentes medidas de protección, los representantes indicaron que entre el 6 de marzo de 2013 y el 27 de marzo de 2014, no se convocó a reuniones de monitoreo sobre el cumplimiento de medidas, pese a que el Estado se comprometió a celebrarlas de forma trimestral. Sólo hasta el 7 de agosto de 2014 tuvo lugar la reunión de monitoreo. Según los representantes, en el transcurso de la misma el Estado se comprometió, entre otros 5, a realizar la próxima el 19 de noviembre de 2014. En su último informe, informaron que el 12 de marzo de 2015 se llevó a cabo una nueva reunión de monitoreo. 11. Por último, los representantes manifestaron su desacuerdo con la solicitud de levantamiento de las presentes medidas provisionales. En primer lugar, recordaron que “las medidas provisionales fueron otorgadas ya que el beneficiario fue objeto de coacción e intimidación por parte del policía [IP], sospechoso de colaborar en el asesinato de [Blanca Jeannette] Kawas”. Según aquéllos, “esta persona sigue en libertad y nunca fue efectivamente sancionad[a] por tales hechos”. Consideraron que “una investigación seria y diligente es un factor esencial para la disminución del riesgo, y constituye la medida idónea para prevenir la repetición de nuevas agresiones”. Adicionalmente, “las investigaciones por la muerte de Jeannette Kawas continúan abiertas y no han arrojado avance alguno, de manera que al ser el beneficiario uno de los testigos principales del caso, resulta imprescindible que” sea protegido mientras el proceso esté en curso. De este modo, indicaron que las razones por las cuales se otorgaron las medidas provisionales siguen plenamente vigentes. En segundo lugar, recordaron que a lo largo del proceso de 4 Los representantes alegaron que alrededor de las 4:50 pm el señor Dencen Andino se trasladó en bicicleta al centro de la ciudad de Tela con propósito de hacer alguna diligencia. Cuando se encontraba en un semáforo en los alrededores de la Municipalidad, una persona desconocida descendió del vehículo color verde, le amenazó con un arma de fuego y lo obligo a subir al citado automotor. Según el beneficiario, ya adentro del vehículo, se encontraban tres personas más con el rostro cubierto, quienes le colocaron una bolsa negra en la cabeza. Después, el beneficiario fue llevado por un camino de tierra, lo bajaron del vehículo y lo sentaron en una banca de madera donde lo interrogaron y amenazaron. Luego fue trasladado a una vivienda donde uno de sus captores le manifestó que “ya (iba) a venir quien te quiere ver”, sin embargo, ninguna persona adicional se presentó. Posteriormente, lo trasladaron en un segundo vehículo tipo pick up marca Toyota color blanco y sin matrícula a las inmediaciones del kilómetro 8 de la carretera que conduce a la ciudad de la Ceiba. Alrededor de las 2:00 de la mañana del día siguiente, una persona lo recogió en la orilla de la carretera y le brindo transporte hasta Tela. 5 Los representantes indicaron que el Estado se comprometió a: i) presentar la información solicitada respecto al avance de las investigaciones sobre las denuncias hechas por el beneficiario y el caso de Blanca Jeannette Kawas; ii) analizar la posibilidad de dar ayuda humanitaria al señor Dencen Andino; iii) mantener las escoltas las 24 horas; iv) asegurar la presencia de un miembro de la Fiscalía durante las reuniones de monitoreo, y v) que el beneficiario solicite a la Secretaría de Seguridad, la venta de comidas en las instalaciones de la Jefatura Municipal de Tela.

Seleccionar párrafo de destino3