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Judicial del Tribunal Supremo de Justicia suspendió de su cargo a los jueces de la Corte de
Apelaciones que votaron por la nulidad de la decisión apelada, así como a la Juez Temporal Josefina
Gómez Sosa, por no haber motivado suficientemente la orden de prohibición de salida del país. La
Jueza Gómez Sosa fue sustituida por el Juez de Control Manuel Bognanno, también temporal. Alegan
que éste fue suspendido de su cargo el 29 de junio de 2005 tras oficiar, el 27 de junio de 2005, al
Fiscal Superior sobre alegadas irregularidades en la investigación conducida por la Fiscal
Sexta [61]. Vale decir que los peticionarios alegan que los jueces de control de garantías que
resolvieron mociones a favor de la defensa o buscaron rectificar violaciones al debido proceso
presuntamente cometidas en la fase de investigación fueron sustituidos.
95.
La Comisión observa que, en respuesta a los alegatos de los peticionarios, el Estado no ha
indicado los recursos idóneos para cuestionar la asignación o remoción de jueces. De hecho, cabe
señalar que recursos normalmente disponibles a la defensa, tales como la recusación, no resultan
idóneos para cuestionar la provisionalidad de jueces adscritos al proceso o su remoción por causa de
su actuación. La Comisión encuentra que la remoción de varios jueces provisionales en el presente
caso, tras la adopción de decisiones relativas a la situación de la presunta víctima, puede
haber afectado su acceso a los recursos de la jurisdicción interna y por lo tanto corresponde eximir
este aspecto del reclamo del requisito bajo estudio. (Añadido fuera de texto)
108. Al respecto, la Corte considera que si bien las determinaciones que efectúa la
Comisión en su informe de admisibilidad son determinaciones prima facie, el Tribunal
constata que es un error de la Comisión haber considerado que las decisiones
adoptadas respecto a algunos de los jueces temporales y provisorios que intervinieron
en el proceso se relacionaban directamente con el señor Brewer.
109. En efecto, la Corte resalta que el señor Brewer Carías ha sido acusado en un
proceso en el que se encontraban imputadas otras personas que supuestamente
participaron en los hechos de abril de 2002. La suspensión de la jueza de control y de
dos miembros de la Sala que declaró la nulidad de la prohibición de salida del país de
algunos imputados en el proceso se relacionaba con una alegada irregularidad en
decisiones relacionadas con otros imputados entre quienes no se encontraba el señor
Brewer (supra párr. 50), quien para ese momento no había sido imputado 137.
110. Por otra parte, si bien se mencionó en el informe de admisibilidad que fue dejado
sin efecto el cargo del juez de control, Manuel Bognanno, como consecuencia de
alegadas irregularidades que habría cometido la Fiscal Sexta, la Corte constata que la
controversia ocurrida el 27 de junio de 2005 entre la Fiscal Sexta y el juez Bognanno
se relacionaba con una solicitud de la defensa de otro imputado en el proceso, es decir,
un imputado distinto al señor Brewer (supra párr. 56). De manera que, aún en forma
prima facie, no es posible establecer relaciones de causalidad directas entre la decisión
de dejar sin efecto la designación del juez Bognanno el 29 de junio de 2005 (supra
párr. 56), y una actuación realizada por el juez “relativa a la situación de la presunta
víctima”, tal como fue mencionado en el informe de admisibilidad.
111. Asimismo, en términos de los debates sobre si procedía esta excepción, la Corte
reitera que el momento procesal en el que se encuentra el presente caso (supra párr.
96 a 98) impide una conclusión prima facie respecto al impacto de la provisionalidad
en la garantía de independencia judicial en orden a establecer como procedente una
excepción al agotamiento de los recursos internos basada en el artículo 46.2.b de la
Convención. Lo anterior debido a que no hay al menos una decisión de primera
137
Al respecto, la Comisión en su informe de fondo manifestó que “[e]n el Informe de Admisibilidad
No. 97/09 se indicó erróneamente que la orden de prohibición de salida del país incluía a Allan Brewer
Carías. En la etapa procesal de fondo se determinó que dicha orden no fue dictada en su contra sino contra
otras personas investigadas por su presunta participación en los hechos”. Informe de Fondo No. 171/11,
Caso 12.724, Allan R. Brewer Carías, Venezuela, 3 de noviembre de 2011 (expediente de fondo, tomo I, folio
28).
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