- 11 y 50.3 del Reglamento, que las siguientes personas presten sus declaraciones ante fedatario público: A. Declarantes (Propuestos por las representantes) 1) Miriam Floridalma Osorio García de López, esposa de Miguel Ángel López Calo, quien declarará sobre: i) las alegadas circunstancias a las que se vio expuesto su esposo desde los hechos que se le imputaron, a lo largo del proceso penal seguido en su contra, y durante su internamiento en el centro penitenciario, y ii) el supuesto impacto que dichas circunstancias tuvieron en su vida personal, en su desempeño en la sociedad tanto como ciudadano como profesional, y dentro de su entorno familiar. 2) Irma Morales Morata, esposa de Aníbal Archila Pérez, quien declarará sobre: i) las alegadas circunstancias a las que se vio expuesto su esposo desde los hechos que se le imputaron, a lo largo del proceso penal seguido en su contra, y durante su internamiento en el centro penitenciario, y ii) el supuesto impacto que dichas circunstancias tuvieron en su vida personal, en su desempeño en la sociedad tanto como ciudadano como profesional, y dentro de su entorno familiar. 3) Víctor Hugo Cano, abogado de Miguel Ángel Rodríguez Revolorio en el proceso interno seguido en su contra, quien declarará sobre: i) las supuestas circunstancias procesales en fase de investigación y juicio a las que se vio expuesto, su entonces patrocinado, y ii) la alegada falta de imparcialidad del Tribunal Cuarto de Sentencia al momento de resolver la situación de las presuntas víctimas en el presente caso. 4) Roberto Enrique Quiñonez Días, abogado, quien declarará sobre: i) las alegadas circunstancias procesales en fase de investigación y juicio a las que se vieron expuestas las presuntas víctimas, y ii) la alegada falta de imparcialidad de Tribunal Cuarto de Sentencia al momento de resolver su situación de las presuntas víctimas en el presente caso. B. Peritos (Propuestos por las representantes) 1) Alberto Bovino, abogado, quien rendirá peritaje sobre: i) los estándares sobre el derecho a la vida por la imposición de la pena de muerte y las garantías judiciales, y ii) las cuestiones de debido proceso que plantea el caso, como el derecho de ser juzgado por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, derecho de defensa, presunción de inocencia, acceso a un recurso efectivo, así como de la debida motivación y a la protección judicial. 2) Juan José Hernández Mejía, licenciado en ciencias jurídicas y sociales, abogado y Notario, quien rendirá peritaje sobre: i) los estándares sobre las reformas judiciales (penal y proceso penal) en Guatemala respecto de la pena de muerte y garantías judiciales, y ii) a las cuestiones de principios de derecho penal sustantivo y de prisión.

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